DECRETO N° 071
La Rioja, 27 de enero de 2014
Visto: la reorganización de las áreas de gobierno, por medio de la creación del Ministerio de Planeamiento e Industria, entre otros, y la modificación de la estructura orgánico funcional del Ministerio de Producción, todo ello según los términos del Decreto FEP N° 2.353/13 y;
Considerando:
Que en dicho marco, resulta necesario que el referenciado Ministerio de Planeamiento e Industria, cuente con un Sistema de Administración Financiero SAF Ministerial.
Que por ello, es decisión transferir el SAF 600 -hoy denominado Ministerio de Producción y Desarrollo Local- al nuevo Ministerio de Planeamiento e Industria, y cuya nueva denominación será SAF 600: Ministerio de Planeamiento e Industria.
Que con ello, también resulta necesario transferir al Ministerio de Planeamiento e Industria la cuenta N° 10-100655/3 del Nuevo Banco de La Rioja S.A. y a sus firmantes ya registrados en la entidad bancaria y en las áreas correspondientes del Ministerio de Hacienda.
Que además cabe aclarar que el Ministro de Planeamiento e Industria designado como tal mediante Decreto FEP N° 2354/13, se encuentra a cargo del Ministerio de Producción por medio de Decreto FEP N° 14/14.
Que resulta necesario en consecuencia, dictar el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126° de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°-Transfiérase el actual sistema de Administración Financiera (SAF) 600 al Ministerio de Planeamiento e Industria, cuya denominación pasará a ser SAF 600 Ministerio de Planeamiento e Industria.
Artículo 2°-Transfiérase asimismo al Ministerio de Planeamiento e Industria la Cuenta N° 10-100655/3, del Nuevo Banco de La Rioja, S.A., en el estado en que se encuentra, con todos sus saldos, en consecuencia la misma ya no pertenecerá al Ministerio de Producción y Desarrollo Local, dentro del cual permanecerán los SAF 610, 620 y 630.
Artículo 3° -Transfiéranse también al Ministerio de Planeamiento e Industria, los cargos de Funcionarios No Escalafonados dependientes del SAF 600 y a quienes se desempeñan en los mismos (tanto en su situación de No Escalafonados como su situación de revista dentro del escalafón general), quienes quedan ratificados en sus funciones en dichos cargos.
Artículo 4°-Con la participación de los organismos administrativos y técnicos competentes, efectúense los registros correspondientes de lo dispuesto en el presente acto administrativo, en especial comunicar el presente acto administrativo al Ministerio de Hacienda a fin de realizarse todas las registraciones y diligencias que correspondieren.
Artículo 5°-El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Planeamiento e Industria y de Hacienda.
Artículo 6°-Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador -Guerra, R.A., M.H. -Rejal, J.F., M.P. e I.
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DECRETO N° 152 (M.P. e I.)
07/02/2014
Designando en el cargo de Director de Area Técnica, Funcionario no Escalafonado, dependiente de la Dirección General de Promoción de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Productiva de la Secretaría de Industria, Comercio y Promoción de Inversiones, del Ministerio de Planeamiento e Industria, al señor Alejandro Luis Broilo-DNI N° 33.749.504 (Lic. Cs. Políticas).
Por medio de las áreas técnicas y administrativas correspondientes regístrese lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Herrera, L.B., Gobernador -Rejal, J.F., M.P. e I.
DECRETO N° 153 (M.P. e I.)
07/02/2014
Desígnase en el cargo de Director General de M.I.P.yM.E.S., Funcionario no Escalafonado, dependiente de la Secretaría de Industria, Comercio y Promoción de Inversiones, del Ministerio de Planeamiento e Industria, al señor César Leonardo Nieto Vera, DNI N° 22.135.586 (Lic. Cs. Políticas).
Por medio de las áreas técnicas y administrativas correspondientes regístrese lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Herrera, L.B., Gobernador -Rejal, J.F., M.P. e I.



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