RESOLUCION N° 056 (M.P. e I.)
La Rioja, 14 de abril de 2014
Visto: la Ley N° 4.011, su Decreto Reglamentario N° 1.323/88, el Decreto N° 745/2001; y,
Considerando:
Que en virtud de las normas citadas, y considerando el estado actual de los parques industriales, resulta necesario crear una Unidad destinada al mantenimiento, conservación y puesta en valor de los mismos, aplicando para tal fin los recursos provenientes de la venta de los inmuebles, conforme lo establece el Decreto FEP N° 745/2001.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto FEP N° 2.353/13 ratificado por Ley N° 9.495/14;
EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO E INDUSTRIA RESUELVE:
Artículo 1°.- Crear en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento Estratégico, la Unidad de Mantenimiento, Conservación y Puesta en Valor de los Parques Industriales, de conformidad a las normas de la Ley N° 4.011, su Decreto Reglamentario N° 1.323/88, y lo dispuesto en el Decreto FEP N° 745/2001.
Artículo 2°.- Lo establecido en el artículo precedentemente mencionado, no implica creación de cargos dentro de la Estructura Orgánica Funcional de la Función Ejecutiva Provincial, sino que solo responde a una distribución ministerial interna de funciones.
Artículo 3°.- A los fines del cumplimiento de las funciones de la Unidad que se crea por el Artículo 1° de la presente Resolución, se aplicarán los recursos provenientes de la venta de inmuebles que se encuentran depositados en la Cuenta N° 10-100252/3, Fondos Especiales, del Nuevo Banco de La Rioja S.A., cuya administración estará a cargo del Ministerio de Planeamiento e Industria por medio de su Dirección General de Administración, previa autorización mediante Resolución Ministerial.
Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Rejal, J.F., M.P. e I.



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