EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA RIOJA SANCIONA PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1º.-Desafectar del Dominio Público Municipal, un lote de terreno destinado a Espacio Verde, ubicado en la intersección de calle Juramento y Avenida 2 de Abril de la Ciudad Capital de la Provincia de La Rioja, cuya Nomenclatura Catastral es:
Circunscripción I – Sección C – Manzana 806 – Parcela “a”, siendo sus medidas: Lado Sur : 30,26 mts.; Lado Norte : 47,85 mts.; Lado Oeste : 15,15 mts.; Lado Este: 21,62 mts.
Total de superficie: 600 metros cuadrados, medidas que surgirán del plano de mensura que se confeccionara por la Dirección de Catastro Municipal.-
ARTICULO 2º.-Declarar de propiedad privada municipal, conforme lo establecen los Artículos Nos. 2.342 y 2.344 del Código Civil y Leyes Provinciales Nos. 43/1905 y 145/1912, al terreno descripto en el Artículo precedente, cuyas medidas, linderos y demás circunstancias que lo identifican se grafica en croquis adjunto como Anexo I y plano de loteo aprobado por Disposición Nº 13752/00.-
ARTICULO 3º.-Autorizar al Departamento ejecutivo Municipal a transferir a título oneroso el lote de terreno ubicado en la intersección de calle Juramento y Avenida 2 de abril de la Ciudad Capital de la Provincia de La Rioja, cuya Nomenclatura Catastral es :
Circunscripción I – Sección C – Manzana 806 – Parcela “a”, que consta de una superficie de : Lado Sur : 30,26 mta.; Lado Norte : 47,85 mts.;Lado Oeste : 15,15 mts.; Lado Este : 21,62mts.
Total de superficie: 600 metros cuadrados, al señor Núñez, Adolfo Omar, D.N.I. Nº 12.459.866.-
ARTICULO 4º.-El justiprecio del lote antes referido será establecido por el área de competencia del Departamento Ejecutivo Municipal, teniendo en cuenta el valor comercial de plaza.-
ARTICULO 5º.-Por Dirección de Catastro Municipal se realizará Plano de División y por Escribanía Municipal se protocolizará y posteriormente se extenderán las Escrituras traslativas de Dominio, las que serán por cuenta del adquirente.-
ARTICULO 6º.-Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Municipal y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones “Centenario Santo Tomás Moro” del Concejo Deliberante de la Ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja, a los veintiséis días del mes de Marzo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la Concejal Alcira BRIZUELA.-
FIRMADO: Dn. Armando E. Molina – Vice-Intendente Municipal Dr. Walter O. Navarro – Secretario Deliberativo
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CIUDAD DE TODOS LOS SANTOS DE LA NUEVA RIOJA
21 DE ABRIL DE 2014
VISTO, los términos de la Ordenanza N° 5.122/14, sancionada por el Concejo Deliberante para la Municipalidad del Departamento Capital, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante dicha norma legal, se Desafecta del Dominio Público Municipal, un terreno destinado a Espacio Verde ubicado en la Intersección de calle Juramento y Avenida 2 de Abril de la Ciudad Capital de la Provincia de la Rioja, cuya Nomenclatura Catastral es : Circunscripción I – Sección C –Manzana 806 – Parcela ”a”, siendo sus medidas: lado Sur : 30,26 metros, lado Norte: 47.86 metros, Lado Oeste, 15,15 metros, Lado Este :21,62 metros, Total de superficie: 600 metros cuadrados, y se lo declara de Propiedad Privada Municipal, conforme lo establecen los Artículos Nºs 2.342 y 2.344 del Código Civil y Leyes Provinciales Nºs 43/1905 y 145/1912 .
Asimismo se AUTORIZA al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a Título oneroso al señor Nuñez, Adolfo Omar, D.N.I. Nº 12. 459.866., el terreno antes mencionado, como consta en grafica en croquis adjunto como anexo I, el justiprecio del mismo será establecido por el área de competencia, teniendo en cuenta el valor comercial de plaza, el Plano de División lo confeccionará la Dirección de Catastro Municipal y los Actos Notariales por Escribanía Municipal., tomando conocimiento Dirección General de Urbanismo , Administración de Tierras y Secretaría de Gobierno.-
QUE, de acuerdo al Art. 107, inc. 2 de la Ley Orgánica Municipal Transitoria Nº 6.843, son Deberes y Atribuciones de la Función Ejecutiva Promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza N° 5.122/14, sancionada por el Concejo Deliberante para la Municipalidad del Departamento Capital.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario General, Secretaría de Hacienda y Finanzas a cargo de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas y Secretaría de Gobierno.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
D E C R E T O (I) N° 1658


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