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Cédula de Notificación por tres expropiaciones

Captura de pantalla (189)Secretaría de Tierras y Hábitat Social

Cédula de Notificación

Señor/es: Propietarios -Sucesión Salim Santos Alem. Me dirijo a Ud. en autos Expte. A1-072465-11, caratulados: “Función Legislativa R/Ley N° 9.016 -Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 8.332 el quedará redactado de la siguiente manera que se detalla en el mismo”. Que por Ley N° 9.016: “La Cámara de Diputados de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Art. 1°.-Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 8.332, el quequedará redactado de la siguiente manera: Art. 1°.-Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia, los inmuebles que responden a las siguientes características:

Titular: Sucesión Salim Santos Alem. 1° Nomenclatura Catastral: Circ. I -Secc. D -Mza. 208 -Parc. G. Superficie: 8.632,45 m2. Padrón: N° 1-36925. Ubicación: acera Oeste de calle Artigas -B° 25 de Mayo Norte. Medidas y Linderos: Norte: 130,27 m, linda con calle proyectada. Sur: 132,75 m, linda con calle Proyectada. Este: 65,00 m linda con calle Artigas. Oeste: 65,00 m linda Parc. “a”, “b”, “c”, “d”, “e” y “f”.

2° Nomenclatura Catastral: Circ. I -Secc. D -Mza. 214 -Parc. G. Superficie: 8.603,85 m2. Padrón: N° 1-36927. Ubicación: acera Oeste de calle Artigas -B° 25 de Mayo Norte. Medidas y Linderos: Norte: 132,67 m, linda con calle proyectada. Este: 65,00 m, linda con calle Artigas. Este: 132,31 m linda con calle proyectada. Oeste: 65,00 m linda Parc. “a”, “b”, “c”, “d”, “e” y “f”.

3° Nomenclatura Catastral: Circ. I -Secc. D -Mza. 215 -Parc. G. Superficie: 8.575,25 m2. Padrón: N° 1-36926. Ubicación: acera Oeste de calle Artigas -B° 25 de Mayo Norte. Medidas y Linderos: Norte: 132,23 m, linda con calle proyectada. Este: 65,00 m, linda con calle Artigas. Sur: 131,87 m linda con calle Proyectada. Oeste: 65,00 m linda Parc. “a”, “b”, “c”, “d”, “e” y “f”. ntecedentes Dominiales: N° 379, F 300, año 1938 y N° 1383, F° 3516/17, Año 1956.

Decreto F.E.P. N° 732/14.

La Rioja, 21 de abril de 2014. Visto: el Expediente Código N° A6-07246-5-11, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N° 9.016 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126°, inc. 1) de la Constitución Provincial; El Gobernador de la Provincia Decreta:

Artículo 1°.-Exprópiese los inmuebles que se detallan que fueran declarados de utilidad pública por Ley 9.016, ubicados en el barrio 25 de Mayo Norte de la ciudad Capital de La Rioja, departamento Capital de esta Provincia; Dominio: 379 -Folio 300 -Año 1938. Dominio: 1383 -Folio 3516/17 -Año 1956, Titular Dominial: Rosa Romero Alem, registrando numerosas marginales de ventas, planos, no pudiendo determinar remanentes. Fracción I: Nomenclatura Catastral: Departamento 01 -Secc. D -Mza. 208 -Parc. G. Superficie: 8.640,47 m2. Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición N° 019821 de fecha 08 de mayo de 2013 e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en Tomo: 89 -Folio: 33. Valuación Fiscal: Año 2013 $ 65.510,00, debe deducirse un monto de $ 8.770,49 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según Fs. 46 informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales.

Fracción II: Nomenclatura Catastral: Departamento 01 -Secc. D -Mza. 214 -Parc. G. Superficie: 8.611,86 m2.Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición N° 019821 de fecha 08 de mayo de 2013 e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en Tomo: 89 -Folio: 33. Valuación Fiscal: Año 2013 $ 65.293,00, debe deducirse un monto de$ 8.747,88 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según Fs. 46 informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales.

Fracción III: Nomenclatura Catastral: Departamento 01 -Secc. D -Mza. 225 -Parc.”11”. Superficie: 8.586,86 m2. Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición N° 019821 de fecha 08 de mayo de 2013 e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en Tomo: 89 -Folio: 33. Valuación Fiscal: Año 2013 $ 65.103,40, debe deducirse un monto de $8.720,49 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según Fs. 46 informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales.

Artículo 2°.-Establécese como monto indemnizatorio provisorio a efectos de la expropiación de urgencia la valuación fiscal informada por los organismos competentes, esto es la suma de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con Tres Centavos ($ 169.668,03).

Artículo 3°.-Consignase judicialmente el monto de la valuación fiscal, es decir la suma de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con Tres Centavos ($169.668,03) ello a lo expresado en el Art. 2°.

Artículo 4°.-Por el Ministerio de Hacienda y Finanzas y a través de la oficina que corresponda procédase al cumplimiento del pagoestablecido en el Art. 3°.

Artículo 5°.-Cumplida la consignación judicial prevista 2° y para el caso de ocurrir las situaciones impeditivas previstas en el Artículo 49° de la Ley 4.611 notifíquese a Fiscalía de Estado a los efectos de su intervención.

Artículo 6°.-Por la Secretaría de Tierras y Hábitat Social, con la participación de sus Organismos pertinentes, se cumplimentará oportunamente con la toma de posesión en nombre y representación del Estado de la Provincia de La Rioja del inmueble expropiado, labrándose en consecuencia acta circunstanciada de lo actuado.

Artículo 7°.-Tomada la posesión del inmueble expropiado deberá cumplimentarse el Procedimiento Administrativo previsto en el Art. 19° de la Ley 4.611.

Artículo 8°.-Por ante Escribanía General de Gobierno se confeccionar la Escritura traslativa de Dominio a favor del Estado Provincial.

Artículo 9°.-El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Planeamiento e Industria, y suscripto por el Secretario de Tierras y Hábitat Social.

Artículo 10°.-Comuníquese, notifíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Art. 19 de la Ley 4.611. Procedimiento Administrativo: Dictado el decreto expropiatorio, el sujeto expropiante hará saber al propietario del bien afectado, que este ha sido expropiado. La notificación deberá comprender:

a) Transcripción de la parte pertinente de le ley u ordenanza municipal y del decreto dictado en su consecuencia.

b) Invitación a que comparezca dentro del plazo de diez (10) días hábiles y que declare el monto en dinero que considere suficiente a los efectos de la indemnización.

c) Invitación a constituir domicilio legal.

Art. 20 de la Ley 4.611 Notificación Tipo: “… Si se ignora el domicilio del expropiado o ese fuese desconocido, la citación se efectuará por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en un diario de circulación en toda la provincia durante cinco (5) días. El término se computará dese las veinticuatro horas del día de la última publicación”.

La Rioja, 06 de junio de 2014. Queda debidamente notificado.

Pedro Rearte Tagle

Director Gral. de Bienes Fiscales

Secretaría de Tierras y Hábitat Social

 

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