En la ciudad de La Rioja, a los once días del mes de abril del año dos mil catorce, se reúne en Acuerdo Administrativo el Tribunal Superior de Justicia, con la Presidencia del Dr. Claudio José Ana e integrado por los Dres.: José Nelson Luna Corzo, Mario Emilio Pagotto y Luis Alberto Nicolás Brizuela, con la asistencia del Secretario Administrativo y de Superintendencia Dr. Javier Ramón Vallejos, con el objeto de considerar y resolver lo siguiente:
EXPTE. Nº 44168 –“P”-2014, “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO EDIFICIO RIVADAVIA Y GÜEMES – SITUACIÓN:
I) Que mediante Acuerdo Nº 119/2007 el Tribunal Superior de Justicia autorizó al Club Social y Deportivo Tribunales para que se haga cargo de la prestación de servicio de estacionamiento de la playa de esta Función Judicial ubicada sobre calle Guemes, disponiendo que el goce de la autorización queda supeditada al cumplimiento de condiciones indicadas en el mismo
Acuerdo citado y que el Tribunal Superior se reserva el derecho de revocar dicha autorización, en cualquier tiempo otorgada sin que ello implique para el Club Social y Deportivo Tribunales, el derecho a reclamo o indemnización alguna.-
II)Que habiéndose constatado in-situ el estado actual de la playa de estacionamiento en cuestión, el Club Social y Deportivo Tribunales no dió cumplimiento a las condiciones impuestas, ya que no realizó mejoras y/o refacciones para una buena prestación del servicio, no garantizó las condiciones de seguridad, higiene e iluminación, permaneciendo el portón constantemente abierto, sin llave, ni ningún tipo de cerramiento, con techos en mal estado, tampoco cuenta con el servicio de vigilancia permanente, además se constató la existencia de montículos de escombros, matorrales y autos abandonados.
Que por lo expuesto se aprecia que no existe un control por parte del Club Social y Deportivo Tribunales sobre el cuidado, organización y funcionamiento de la cochera concedida, no brindando así un servicio adecuado a su finalidad.
Que por lo antes expuesto, se estima oportuno revocar la autorización concedida mediante Acuerdo Nº 119/2007, al Club Social y Deportivo Tribunales.
Por ello, el Tribunal Superior de Justicia,
RESUELVE:
1°)DEJAR SIN EFECTO la Autorización otorgada al Club Social y Deportivo Tribunales por la cual se hacía cargo de la prestación del servicio de estacionamiento en la Playa de esta Función Judicial ubicada en calle Guemes casi esq. Rivadavia, conforme Acuerdo Nº 119/2007.-
2º) Prohibir el acceso a la Playa de Estacionamiento de esta Función Judicial ubicada en calle Guemes casi esq. Rivadavia, a todos aquellos vehículos que no pertenezcan a los Magistrados y Funcionarios de esta Función Judicial.-
3º) Encargar la custodia, mantenimiento y control de la Playa de Estacionamiento ubicada en el edificio de esta Función Judicial, sito en calle Rivadavia y Guemes de esta Ciudad Capital, al Señor Juan Arturo Carrizo, quien deberá arbitrar y comunicar a este Cuerpo todas las medidas tendientes a cumplir lo previsto en el punto anterior.-
4º) Dejar debidamente establecido que hasta tanto se adopte una decisión respecto del destino del predio objeto del presente, esta Función Judicial no responderá ante daños o sucesos que afecten los vehículos allí depositados, siendo de exclusiva responsabilidad de sus propietarios.-
Protocolícese y hágase saber.
Así lo dispusieron y firmaron por ante mi de lo que doy fe.-



Debe estar conectado para enviar un comentario.