LEY Nº 9.546
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º.-Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia, inmuebles ubicados en el nuevo tramo de Ruta Nacional Nº 75 tramo Las Padercitas -Dique los Sauces, Sección km 10,70 -km 16,82 departamento Capital, que responden a las siguientes características:
Propietario: A determinar
Superficie: 30,50 ha
Ubicación: Conforme a las siguientes coordenadas Gauss Kruger:
Artículo 2º.-Las medidas, linderos y superficie definitivas, surgirán del Plano de Mensura que a tal efecto confeccionarán, aprobarán y registrarán los organismos oficiales correspondientes.
Artículo 3º.-Los inmuebles expropiados serán destinados a la nueva obra vial Ruta Nacional Nº 75 tramo Las Padercitas-Dique Los Sauces.
Artículo 4º.-Los gastos que demande la ejecución de la presente ley, serán tomados de Rentas Generales, con imputación a la misma.
Artículo 5º.-Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Periodo Legislativo, a doce días del mes de junio del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
Luis Bernardo Orquera -Vicepresidente 1º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia -Jorge Raúl Machicote -Secretario Legislativo
DECRETO N° 1.138
La Rioja, 26 de junio de 2014
Visto: El Expediente Código A1 N° 05796-5/14, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N° 9.546 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126° inc. 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°.-Promúlgase la Ley N° 9.546, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 12 de junio de 2014.
Artículo 2°.-El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Tierras y Hábitat Social.
Artículo 3°.-Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador -Guerra, R.A., M.H.





