El Tribunal Superior de Justicia en Acuerdo 155 de fecha 14 de noviembre del 2014, dispuso que desde el día 15 de noviembre la Secretaria Civil y la Secretaría Asistencial del Juzgado del Menor de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en esta Ciudad Capital, respectivamente, se ajustarán a las siguientes denominaciones y competencia: la Secretaría Civil pasara a llamarse SECRETARIA CIVIL Y ASISTENCIAL “A” y la Secretaría Asistencial pasara a llamarse SECRETARIA CIVIL Y ASISTENCIAL “B”.
Las nuevas Secretarías poseerán competencia en lo Civil y Asistencial y recepcionaran las causas que en materia Civil, les sean asignadas por sorteo de la Mesa de Entrada Única y General, iniciándose a partir de la Secretaría Civil y Asistencial “A”. En tanto a las causas en materia Asistencial, tendrán un turno de veinte causas cada Secretaría, iniciándose por la Secretaria Civil y Asistencial “A”.
Las nuevas Secretarías mantendrán los libros que llevan conforme a la competencia que poseían hasta la entrada en vigencia del presente, debiendo respecto de la nueva materia, habilitar uno nuevo; La Secretaría Civil y Asistencial “A” mantendrá el registro de las causas civiles que actualmente lleva y debe abrir un libro para las causas asistenciales que ingresen desde la fecha de vigencia del presente; La Secretaría Civil y Asistencial “B” mantendrá el registro de las causas Asistenciales que lleva en la actualidad y debe abrir un libro para las causas civiles que ingresen desde la fecha de la nueva disposición .





