La Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre una causa «Ministerio Público s/ amparo colectivo».
En el fallo consideró que “los agravios de la parte recurrente han sido objeto de adecuado tratamiento por la señora Procuradora Fiscal en su dictamen de fs. 192/194 vta., a cuyos fundamentos y conclusiones esta Corte se remite en razón de brevedad”.
Por ello, la Corte declaró “inadmisible el recurso extraordinario”.








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