LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Derógase en todos sus términos la Ley N° 9.772 -Expropiación de un (1) inmueble en la localidad de Villa Unión, departamento General Felipe Varela.
Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130° Período Legislativo, a quince días del mes de diciembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por el Bloque Fuerza Cívica Riojana.
Néstor Gabriel Bosetti -Presidente -Cámara de Diputados -Jorge Raúl Machicote -Secretario Legislativo





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