El gobierno destinó $ 1.150.000,00 con el fin de asistir financieramente a la Empresa Curtume CBR Ltda., de conformidad con los antecedentes contenidos en Expte. Fl4-N° 00681-0-11 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración del Ministerio de Hacienda, se libró, a nombre del titular de dicho Organismo, orden de pago por hasta la suma y concepto ya expresados, para su entrega a favor de Curtume CBR Ltda.., en la persona de su apoderado, Néstor Mauricio Sargenti, D.N.I. N° 24.472.144, con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente y de oportuna rendición de cuentas.
DECRETO Nº 936
La Rioja, 26 de julio de 2011
Visto: la presentación contenida en el Expte. Código Fl4 N° 0068l-0 Año 201l; y,
Considerando:
Que a través de la misma, la Empresa Curtume CBR Ltda., solicita una asistencia financiera por la suma de Pesos Un Millón Ciento Cincuenta Mil ($ 1.150.000,00), para ser destinada a la cancelación de los haberes correspondientes a la primera quincena del mes de julio de su planta de personal.
Que, tal como se fundamentara en anteriores oportunidades, la crisis que atraviesa la industria es determinante de condicionamientos financieros para la empresa, cuestión que motivó el pedido de anteriores asistencias financieras y, al persistir en sus efectos, motiva también la presente asistencia.
Que, atento a las consideraciones previas y la situación económico-financiera actual, la empresa propone la restitución del importe que se otorgue en calidad préstamo en Dos (2) pagos.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva hacer lugar a lo solicitado a fin de coadyuvar en el sostenimiento y crecimiento del sistema productivo provincial, y en el afán de asegurar y resguardar la actividad como una fuente genuina de trabajo.
Que, en este sentido, corresponde instruir al Ministerio de Hacienda para convenir con la Empresa Curtume CBR Ltda., los términos para la devolución de los recursos en cuestión, la que deberá estar debidamente garantizada.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126° de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°.- Destínase hasta la suma de Pesos Un Millón Ciento Cincuenta Mil ($ 1.150.000,00), con el fin de asistir financieramente a la Empresa Curtume CBR Ltda., de conformidad con los antecedentes contenidos en Expte. Fl4-N° 00681-0-11 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración del Ministerio de Hacienda, líbrese, a nombre del titular de dicho Organismo, orden de pago por hasta la suma y concepto ya expresados, para su entrega a favor de Curtume CBR Ltda.., en la persona de su apoderado, Néstor Mauricio Sargenti, D.N.I. N° 24.472.144, con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente y de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3°.- Instrúyase al Ministerio de Hacienda para convenir con Curtume CBR Ltda. los términos de la devolución de la suma autorizada en calidad de préstamo en el Artículo 1°, la que deberá estar suficientemente garantizada.
Artículo 4°.- La Empresa Curtume CBR Ltda.., se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para la que se otorga la asistencia financiera, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28° y concordantes de la Ley N° 4.828.
Artículo 5°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.



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