LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.-Derógase el Artículo 1° de la Ley N° 9.332, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°.-Transfiérase en carácter de donación con cargo a favor de Licciardi Brígido D.N.I. N° 11.501.006, el dominio de un (1) inmueble perteneciente al Estado Provincial que forma parte de uno de mayor extensión, ubicado en la ciudad de La Rioja, departamento Capital, que responde a las siguientes características:
Propietario: Estado Provincial.
Ubicación: ciudad de La Rioja, departamento Capital.
Matrícula Catastral: Circ. (Distrito) I; Secc. E; Manzana 1122; Parcela 1.
Superficie aproximada: 5000 m2.Linderos Norte: Estado Provincial. Este: Ex Ruta N° 38.Sur: Río Seco. Oeste: Estado Provincial.Folio Real: C-46715”.
Artículo 2°.-Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129° Período Legislativo, a diez días del mes de abril del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por los BloquesJuan Domingo Perón, Justicialista y Frente Cívico.
Sergio Guillermo Casas -Presidente -Cámara de Diputados -Jorge Raúl Machicote -Secretario Legislativo




Debe estar conectado para enviar un comentario.