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Establecen turno vespertino para audiencia de vista de causa

DSC_0024_533_355_75ACUERDO Nº 88

En la ciudad de La Rioja, a los dos días del mes de julio del año dos mil catorce, se reúne en Acuerdo Administrativo el Tribunal Superior de Justicia, con la Presidencia del Dr. Claudio José Ana e integrado por los Dres.: José Nelson Luna Corzo, Mario Emilio Pagotto, y Luis Alberto Nicolás Brizuela, con la asistencia del Secretario Administrativo y de Superintendencia, Dr. Javier Ramón Vallejos, con el objeto de considerar y resolver lo siguiente:

AUDIENCIAS TURNO VESPERTINO-RATIFICACIÓN:

Que con fundamento en las dilaciones provocadas por la congestión en todos los fueros de causas judiciales en trámite, con la consiguiente afectación del servicio de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo N° 222/04 estableció un horario adicional de atención de despacho los días Martes y Jueves de cada semana, destinado a la celebración de audiencia de vista de causa, de 18,00 a 21,00 hs.

Que manteniéndose a la fecha las razones que motivaron la adopción de esta medida y en función de los informes oportunamente recabados, este Cuerpo estima necesario ratificar su contenido y disponer que los Presidentes de Cámara y Jueces Unipersonales deberán informar de forma mensual la cantidad de audiencia celebradas bajo la presente modalidad.

Por ello en ejercicio de la atribución que le confieren los artículos 10 y 47 inc. 12 de la L.O.F.J., el Tribunal Superior de Justicia

RESUELVE:

1°) RATIFICAR la vigencia de lo dispuesto por Acuerdo N° 222/04, Puntos 2° y 3°, por el cual se estableció para los Tribunales de sentencia –Cámaras y Juzgados unipersonales, de todos los fueros y Circunscripciones de la provincia, un horario adicional de atención de despacho los días Martes y Jueves de cada semana, destinado a la celebración de audiencia de vista de causa, de 18,00a 21,00 hs. y la facultad de que los titulares de los Tribunales o Juzgados determinen en cada caso el personal (Funcionarios y Empleados) que deberán concurrir en los horarios que se dejan expresado, conforme a las necesidades delas audiencias a receptar.

2°) DISPONER que los Presidentes de Cámara y Titulares de Juzgados de Sentencia que se encuentran alcanzados en lo establecido en Acuerdo N° 222/04 deberán informar el día 10 de cada mes la totalidad de audiencias de vista de causa celebradas bajo la presente modalidad.

3º)Por conducto de la Secretaría Administrativa y de Superintendencia efectúense las comunicaciones correspondientes.-

Protocolícese y hágase saber.

Así lo dispusieron y firmaron por ante mí de lo que doy fe.-

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