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Según un decreto, $35 millones de BOCADE vencen el 30 de junio de 2026

Captura de pantalla (1964)DECRETO N° 1.603

La Rioja, 10 de septiembre de 2014

Visto: el Decreto 898/14, reglamentario del Título II del Bono de Cancelación de Deudas (BOCADE) Ley N° 8.879; y, –

Considerando:

Que a fin de hacer más operativa y eficaz la gestión y pago de las acreencias que el Estado mantiene con sus acreedores, se consultó a la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.) sobre la posibilidad de que los citados títulos (BOCADE), puedan ser cancelados a sus tenedores a través de la Tesorería General de la Provincia sin intervención de entidad financiera alguna como agente de pago.

Que, la C.N.V. a través de Nota N° 4824/66 del 20 de agosto del 2014, informa que la emisión de títulos provinciales está regida por lo estipulado en el Artículo 83° de la Ley N°26.831 de Mercado de Capitales, y que la actuación de dicha Entidad refiere sólo a la negociación secundaria de valores negociables.

Que los BOCADE fueron emitidos en el marco de la Ley Provincial N° 8.879, por lo cual la cuestión debe ser resuelta sobre la base de las prescripciones de dicha ley y, en caso de existir, en las condiciones de emisión específicas que se hubieren pactado.

Que es propósito de esta Función Ejecutiva proceder en consecuencia de lo expuesto, por lo que corresponde modificar el Decreto N° 898/14, en sus partes pertinentes.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126° de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 2° del Decreto 898/14 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°.- Emisión de la Primera Serie de Títulos: Dispónese la emisión de la primera serie de Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE) por un valor nominal total de Pesos Treinta y Cinco Millones ($35.000.000) en base a los siguientes términos y condiciones financieras:

° Denominación: “Bonos de Cancelación de Deudas” (BOCADE) de la Provincia de La Rioja;

° Moneda de denominación: Pesos;

° Denominación mínima: Un Peso ($ 1,00);

° Monto de emisión: hasta un Valor Nominal de Pesos Treinta y Cinco Millones (V/N $ 35.000.000);

° Fecha de emisión: 01 de Julio de 2010;

° Fecha de vencimiento: 30 de Junio de 2026;

° Amortización: 168 cuotas mensuales y consecutivas, equivalentes las 167 primeras al Cincuenta y Nueve Centésimos (0,59%), y una última al Uno con Cuarenta y Siete Centésimos por Ciento (1,47%) del monto emitido, más los intereses correspondientes, pagaderas a partir del 1 de Agosto de 2012;Captura de pantalla (1965) Captura de pantalla (1966)

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