La empresa Kayne SA recibió casi $400 mil del Estado provincial para solventar los gastos de funcionamiento, según se dispuso en el Decreto N° 066.
Según los considerados de la disposición, se solicita $ 398.665,00, en concepto de aportes a cuenta de futuros aumentos de capital, a los fines de sufragar gastos de funcionamiento programados para el mes de enero de 2012 que incluyen gastos de personal, de funcionamiento y servicios ($ 203.665,00); e inversiones ($ 195.000,00) que contemplan el mantenimiento edilicio, pivote Nº 4, y desmonte selectivo, conforme planilla con el detalle de inversión acompañada.
DECRETO Nº 066
La Rioja, 02 de febrero de 2012
Visto: el Expte. Código F14-Nº 01424-3-Año 2011, que contiene la presentación realizada por el presidente de la Empresa Kayne S.A.; y,-
Considerando:
Que a través de dicha presentación solicita la suma de Pesos Trescientos Noventa y Ocho Mil Seiscientos Sesenta y Cinco ($ 398.665,00), en concepto de aportes a cuenta de futuros aumentos de capital, a los fines de sufragar gastos de funcionamiento programados para el mes de enero de 2012 que incluyen gastos de personal, de funcionamiento y servicios ($ 203.665,00); e inversiones ($ 195.000,00) que contemplan el mantenimiento edilicio, pivote Nº 4, y desmonte selectivo, conforme planilla con el detalle de inversión acompañada.
Que, cabe tener presente que Kayne S.A., es una sociedad de las reguladas por las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550 (t.o. 1984), y con fecha 18 de abril de 2011, se suscribió un convenio por medio del cual los accionistas de Kayne S.A., transfirieron y cedieron en dación en pago a la Provincia, la propiedad de la totalidad del paquete accionario de la empresa, como consecuencia de las actuaciones originadas en Expte. G3 Nº 00010-9-10, en donde se dictara el Decreto F.E.P. Nº 115/11.
Que, dentro de las políticas impulsadas por el Gobierno Provincial, se contempla dar apoyo a las actividades agrícolas-ganaderas, con el fin de promover el desarrollo y generar fuentes genuinas de trabajo.
Que, atento a la naturaleza de la solicitud y los fines que persigue, es propósito de la Función Ejecutiva hacer lugar a lo solicitado, por lo que procede autorizar al Ministerio de Hacienda hacer efectiva la entrega al presidente de la Empresa Kayne S.A., la suma y por el concepto antes mencionado, con la participación de los Organismos específicos de su dependencia.
Que, como consecuencia de lo precedentemente expuesto los recursos en cuestión deberán ser imputados como aportes a cuenta de futuros aumentos de capital.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1º.- Destínase la suma de Pesos Trescientos Noventa y Ocho Mil Seiscientos Sesenta y Cinco ($ 398.665,00), a favor de Kayne S.A., en concepto de aporte a cuenta de futuros aumentos de capital; por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en el Expte. F14-01424-3-11.
Artículo 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago a nombre del titular de dicho Organismo, por hasta la suma y concepto ya expresados, para hacer entrega al señor Prof. Adolfo Héctor Nicolás Scaglioni, D.N.I. Nº 12.586.580, en su calidad de presidente de la Empresa Kayne S.A.; con imputación a las partidas específicas del presupuesto vigente y de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3º.- La Empresa Kayne S.A. se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para la que se otorga la asistencia financiera, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art.28 y concordantes de la Ley Nº 4.828.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.



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