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La empresa constructora BC SRL recibió un préstamo de $1,5 millones

La empresa constructora BC SRL recibió un préstamo del Estado provincial por 1.500.000 de pesos debido al atraso en los pagos, lo que le generó desfinanciamiento.

La firma se comprometió a devolverlo en 12 cuotas igual de 125 mil pesos y ofreció como garantía de la restitución de la asistencia, un cuadro de flujo de fondos con diversas obras adjudicadas, contratadas y en ejecución y sus correspondientes contratos.

DECRETO Nº 1.177

La Rioja, 19 de septiembre de 2011

Visto: el Expediente F14-N° 00912-1-Año 2011, que contiene la presentación realizada por la Empresa Constructora BC S.R.L., y,

Considerando:

Que a través de la misma solicita una asistencia financiera con cargo de oportuna restitución, por la suma de Pesos Un Millón Quinientos Mil ($ 1.500.000,00), a fin de realizar inversiones y dar cumplimiento a la finalización de diversas obras contratadas por el Estado.

Que  motiva el requerimiento, el atraso en los pagos y emisión de determinaciones nacionales de algunos programas y el pedido de los comitentes de la Empresa para culminar las obras en el mes de octubre de 2011, todo lo cual genera el desfinanciamiento y la necesidad de contar con un flujo de fondos suficiente para hacer posible las entregas comprometidas.

Que como mecanismo de devolución, la Empresa propone el pago en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Ciento Veinticinco Mil ($ 125.000,00) y ofrece, para garantía de la restitución de la asistencia, un cuadro de flujo de fondos con diversas obras adjudicadas, contratadas y en ejecución y sus correspondientes contratos.

Que atento lo expuesto, es propósito de esta Función Ejecutiva aceptar la forma de devolución propuesta por la Empresa BC S.R.L.

Que en este sentido, corresponde instruir al Ministerio de Hacienda a convenir con la Empresa BC  S.R.L los términos para la devolución de los recursos en cuestión.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126° de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1°.- Destínase hasta la suma de Pesos Un Millón Quinientos Mil ($ 1.500.000,00), a favor de la Empresa Constructora BC S.R.L, en concepto de asistencia financiera con cargo de oportuna restitución, de conformidad con los antecedentes contenidos en Expte F14-N° 00912-1-11 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.

Artículo 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago a favor de BC S.R.L , con cargo a las partidas especificas del presupuesto vigente y de oportuna rendición de cuentas.

Artículo 3°.- Instrúyese al Ministerio de Hacienda para acordar con BC S.R.L. los términos de la devolución de la suma autorizada en calidad de préstamo en el Artículo 1°, la que deberá estar suficientemente garantizada.

Artículo 4°.- BC S.R.L. se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para la que se otorga la asistencia financiera, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28 y concordantes de la Ley N° 4.828, como así también se obliga a devolver los fondos en los plazos que se acuerden con el Ministerio de Hacienda, bajo prevención de intervención del Tribunal de Cuentas de la Provincia para reclamar el reintegro de dichos fondos con el procedimiento previsto en el Artículo 29° de la misma ley.

Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo  6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A. S.H.

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