El gobierno destinó $ 355.750,00 a favor de la empresa Alfa S.A.P.E.M. –de la cual el estado es propietario del 99% del paquete accionario- en concepto de aporte a cuenta de futuros aumentos de capital; por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en Expte. F14- 01425-4-11.
Los recursos solicitados serán destinados a gastos de funcionamiento del mes de enero de 2012, discriminados en gastos de personal, funcionamiento, servicios, impuestos y a inversiones y reparaciones que comprenden mantenimiento planta de tratamiento, materiales para alambrado, enripiado y cerramiento de tinglado.
DECRETO Nº 068
La Rioja, 02 de febrero de 2012
Visto: el Expediente Código F14 Nº 01425-4-Año 2011, mediante el cual la empresa Alfa S.A.P.E.M. solicita asistencia financiera por la suma de Pesos Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta ($ 355.750,00); y,
Considerando:
Que, expone, los recursos solicitados serán destinados a gastos de funcionamiento del mes de enero de 2012, discriminados en gastos de personal, funcionamiento, servicios, impuestos y a inversiones y reparaciones que comprenden mantenimiento planta de tratamiento, materiales para alambrado, enripiado y cerramiento de tinglado.
Que, cabe destacar, la Provincia es propietaria del Noventa y Nueve (99%) por ciento del paquete accionario de la empresa en cuestión, convirtiéndola en una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria regulada por la Ley Nacional Nº 19.550, por lo que los recursos deberán ser imputados como aportes a cuenta de futuros aumentos de capital.
Que, Alfa S.A.P.E.M. es una Sociedad del Estado creada de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 1.360/10, y, conforme con los antecedentes aportados, es una sociedad regularmente constituida e inscripta en el Registro Público de Comercio en los Folios Nº 27 a 42 del Libro Nº 65.
Que, atento a lo expuesto en el presente desarrollo, es propósito de esta Función Ejecutiva hacer lugar al pedido, para lo cual corresponde instruir al Ministerio de Hacienda, a través de sus organismos competentes, a realizar el aporte financiero en la forma requerida, en el marco de las políticas de producción encaradas.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°.- Destínase la suma de Pesos Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta ($ 355.750,00), a favor de la empresa Alfa S.A.P.E.M. –de la cual el estado es propietaria del 99% del paquete accionario- en concepto de aporte a cuenta de futuros aumentos de capital; por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en Expte. F14- 01425-4-11.
Artículo 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, dependiente del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la suma y concepto allí expresados a favor de Alfa S.A.P.E.M., con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente y de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3º.- la Empresa Alfa S.A.P.E.M. se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para la que se otorga la asistencia financiera, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28º y concordantes de la Ley Nº 4.828.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.



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