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Reclamo de los ambientalistas al municipio capitalino

Es porque no aplica la ordenanza que declara al departamento como ‘no tóxico y no nuclear’ y permite trabajos de exploración de uranio en zonas rurales. Esto fue denunciado la Asamblea Riojana Capital que agrupa a gente que se opone de manera férrea al desarrollo de la minería. El lunes se presentaron en el Palacio ‘Ramírez de Velazco’ y exigieron una respuesta de forma inmediata.bcc3268df5bd9e0315b18a33a44f4fe151b7a838

Este lunes, miembros de la Asamblea Ciudadana de Capital se presentaron ante Marcela Martínez, responsable de la Dirección de Sanidad y Medio Ambiente municipal del departamento Capital, a quien le acercaron un nuevo reclamo exigiéndole la inmediata aplicación de la ordenanza 4930. Este pedido es reiteración del que ya se presentó en octubre de 2012.

En la oportunidad, también se entrevistaron con la funcionaria a los fines de exigirle que en forma urgente se tomen medidas sobre la explotación de las minas de uranio de Las Cañas, entre El Duraznillo y El Cantadero.

Dice textualmente la nota presentada al municipio:

La Rioja, lunes 26 de agosto de 2013

SEÑORA

MARCELA MARTÍNEZ

DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN DE SANIDAD, ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE

PRESENTE

De nuestra consideración:

Nos dirigimos a Ud. con el objeto de interpelar a esa Dirección por el incumplimiento de la Ordenanza 4930 que declara a la capital de la provincia de La Rioja Departamento no tóxico, no nuclear y ambientalmente sustentable.

Habida cuenta que la Dirección a su cargo es la autoridad de aplicación de la Ordenanza y que la misma se encuentra en plena vigencia, exigimos que se tomen las medidas que contemplan los artículos 10 y siguientes de la Ordenanza referida haciendo efectivo su cumplimiento; caso contrario vuestra conducta quedaría encuadrada en las normas del Código Penal que castigan el incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Antecedentes:

La Asamblea Riojana Capital, presenta el Anteproyecto de Ordenanza el 13 de marzo de 2012 en sesión ordinaria del CD.

Se Sanciona el 14 de Agosto de 2012.

Se promulga el 17 de Septiembre/12 mediante Decreto N° 3426

El 18 de octubre de 2012 nos dirigimos a la Dirección de Sanidad, Ecología y Medioambiente presentando una nota donde poníamos en su conocimiento la autorización que la Secretaría de Ambiente de la Provincia había otorgado a la CNEA para continuar los trabajos del Proyecto Donato III en la zona del Cantadero por lo que solicitábamos se aplique la Ordenanza. ( la misma nota fue presentada al Secretario de medioambiente dela provincia). En esa oportunidad hablamos con la Sra. Marcela Martínez, quien manifestó no conocer el texto de la ordenanza en cuestión.

Según la Ordenanza 4930, esa Dirección como autoridad de aplicación tiene la facultad de: Ejercer el poder de policía administrativa; tomar parte de todo procedimiento.

previsto en la leyes provinciales que se refieran a la habilitación y desarrollo de las actividades prohibidas por la ordenanza y en caso de incumplimiento debe clausurar y decomisar el material utilizado. También deberá denunciar ante la justicia penal si se detectara un delito ambiental.

Por todo lo expuesto, reiteramos en todos sus téminos la presentación de nota del 18 de octubre del 2012, cuya copia acompañamos a la presente.

Le hacemos saber, además que solicitamos una respuesta inmediata y por escrito para lo cual constituimos como domicilio especial a esos efectos, el situado en calle………..

ASAMBLEA RIOJANA CAPITAL

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