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Expropian 140 hectáreas en el barrio El Alto de Olta

Secretaría de Tierras y Hábitat Social

Edicto de Expropiación

Comunico a Ud. en los términos del Art. 19 y 20 de la Ley de Expropiación Provincial N° 4.611, que en las actuaciones administrativas Expte. N° A6-001498-8-13, caratulados: “Secretaría de Tierras y Hábitat Social s/Cumplimiento término de la Ley 9.305 -de inmuebles situados en la localidad de Olta, departamento General Belgrano”, de radicación de esta Secretaría de Tierras y Hábitat Social, se tramita la expropiación dispuesta mediante Ley N° 9.305 y Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de La Rioja N° 860 de fecha 12 de mayo de 2014, de un inmueble el cual Usted es Titular Dominial -Matrícula Catastral: 4-13-09-014-720-934; invitándolo en este acto a:

1) comparecer en el plazo de diez (10) días hábiles;

2) a declarar el monto en dinero que considere suficiente a los efectos de la indemnización y

3) a constituir domicilio a los efectos legales, bajo apercibimiento de ley.

A continuación en cumplimiento del Art. 19 de la Ley N° 4.611, se transcribe la parte pertinente de la Ley N° 9.305 que dispone la expropiación que en este acto se comunica: “Art. 1) Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, un (1) inmueble ubicado en la localidad de Olta, departamento General Belgrano, que responde a las siguientes características:

Inmueble I: Propietario: a determinar. Localidad: El Alto. Nomenclatura Catastral: 4-13-09-014-720-934.

Superficie aproximada a expropiar: 140 ha 9.283,88 m2. Colindantes: Norte: callejón público. Este: calle pública. Sur: Ruta Provincial N° 28. Oeste: Río Seco -callejón público.

Antecedentes catastrales: Plano Disposición N°: 14.580.

Decreto N° 860 de fecha 12 de mayo de 2014, Visto: el expediente Código A6-001498-8-13 mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N° 9.305 y en uso de las facultades conferidas por el Art. 126 inc. 1) de la Constitución Provincial: El Gobernador de la Provincia de La Rioja Decreta:

Artículo 1°.-Exprópiese el inmueble que se detalla y que fuera declarado de utilidad pública por la Ley N° 9.305, ubicado en el barrio “El Alto” en la localidad de Olta, departamento General Belgrano de esta provincia de La Rioja.

Propietario: a determinar. Nomenclatura Catastral: 4-13-09-014-720-934.

Superficie aproximada a expropiar: 140 ha 9.283,88 m2.

Plano: Aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición N° 020328 de fecha 21 de marzo de 2014 e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en Tomo: 89 -Folio: 63. Valuación Fiscal Año 2013: $ 383,30.

Artículo 2°.-Establécese como monto indemnizatorio provisorio a efectos de la expropiación de urgencia la valuación fiscal informada por los Organismos competentes, esto es la suma de Pesos Trescientos Ochenta y Tres con Treinta Centavos ($ 383,30).

Artículo 3°.-Consígnese judicialmente el monto de la valuación fiscal, es decir la suma de Pesos Trescientos Ochenta y Tres con Treinta Centavos ($ 383,30), ello atento lo expresado en el Art. 2°.

Artículo 4°.-… Artículo: 5°.-… Artículo 6°.-… Artículo 7°.-… Artículo 8°.-… Artículo 9°.-… Artículo 10°.-

Comuníquese, notifíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese. Queda Ud. debidamente notificado.

La Rioja, 14 de agosto de 2014.

Pedro Rearte Tagle

Director Gral. de Bienes Fiscales

Secretaría de Tierras y Hábitat Social

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