La Corte Suprema, en plena transición hacia su nueva conformación una vez que Eugenio Zaffaroni deje su cargo en diciembre, resolvió una causa por derechos de “coparticipación” con sustento en la “autonomía municipal” y la supuesta “vulneración” al sistema federal, tema de extrema “vulnerabilidad” para el Gobierno, explicaron a Perfil.com los juristas consultados.
Con la firma de los ministros Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, se hizo lugar al recurso del intendente de la ciudad de La Rioja, Ricardo Quintela, para que “el Superior Tribunal de Justicia provincial se pronuncie sobre la omisión de esa provincia en dictar una ley de coparticipación municipal”.
El Máximo Tribunal recordó normas constitucionales que fijan pautas de coparticipación de los gobiernos provinciales para con sus municipios, que fueron sancionadas en la reforma constitucional de 1994, y subrayó que “estas normas han sido incumplidas por los poderes constituidos de la Provincia de La Rioja”.
“Es incuestionable que la omisión del dictado de la ley que coparticipa fondos entre los municipios lesiona el diseño del sistema federal establecido por el constituyente, y que por esa vía la provincia traspone los límites de lo racional y razonable para la vigencia efectiva de la autonomía municipal”, sostuvo el tribunal.
“No resulta posible sostener que el dictado de la ley, el acatamiento de la Constitución, quede condicionado a la concreción de acuerdos políticos entre provincia y municipios que en 16 años no han sido logrados”.
De esta manera el Máximo Tribunal pondría en evidencia “inconsistencias” del sistema federal y reconoce los derechos de coparticipación que el Gobierno Nacional ha desconocido a las provincias.
De hecho Santa Fe y Córdoba mantienen pleitos en la justicia ordinaria por “cifras millonarias” que el Estado Nacional se ha negado a “repartir”. La Corte ya analiza el recurso extraordinario de Santa Fe y estaría pronta a resolver la cuestión.
Los jueces hablan por sentencias y en el apartado 6 del fallo, resaltaron: “que el texto de la Constitución histórica reconocía la existencia de un régimen municipal en el ámbito de las provincias. De hecho, Juan Bautista Alberdi ya lo apuntaba en su Derecho Público Provincial como el orden de gobierno más inteligente y capaz de administrar los asuntos locales, siempre que no se produjese injerencia del Poder Político o Gobierno general de la provincia”
“A la luz del principio constitucional de autonomía en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero, no puede haber real autonomía municipal si se priva a los municipios del sustento económico-financiero indispensable para que presten aquellos servicios públicos inherentes a su autonomía institucional”, detallan los ministros.
Ámbito Financiero
Corte avaló ley de coparticipación municipal en La Rioja
La Corte Suprema de la Nación dispuso que la justicia de La Rioja debe expedirse sobre la omisión de esa provincia en dictar una ley de coparticipación municipal.
Perfil.com
En plena transición, la Corte se expide sobre Coparticipación, jubilaciones y Chevron
La Corte Suprema, en plena transición hacia su nueva conformación una vez que Eugenio Zaffaroni deje su cargo en diciembre, resolvió una causa por derechos de “coparticipación” con sustento en la “autonomía municipal” y la supuesta “vulneración” al sistema federal, tema de extrema “vulnerabilidad” para el Gobierno, explicaron los juristas consultados.
Centro de Información Judicial
La Corte dispuso que la provincia de La Rioja dicte una ley de coparticipación para sus intendencias, afirmando el principio de la autonomía municipal
La Corte Suprema de Justicia de la Nación -con la firma de los Doctores Lorenzetti, Highton, Fayt y Maqueda- hizo lugar en el día de la fecha al recurso del Intendente de la Ciudad de La Rioja para que el Superior Tribunal de Justicia provincial se pronuncie sobre la omisión de esa provincia en dictar una ley de coparticipación municipal.






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