En la sesión del miércoles se aprobó el proyecto que oportunamente presentó el concejal Eleazar Arabel sobre la creación de la «Banca del Ciudadano». Tendrá como función permitir a los ciudadanos e instituciones de la Capital emitir opiniones vinculadas al ámbito público, a la publicidad de los actos de gobierno del Ejecutivo Municipal y del cuerpo deliberativo, ya sea por una opinión o también para fundamentar y presentar una propuesta. Quedan excluidas de este derecho, los intereses personales.
En el artículo segundo de la ordenanza se establece que podrán acceder a la banca ciudadana todas las personas mayores de 16 años con domicilio en la Capital y en representación de instituciones debidamente organizadas.
Este ciudadano podrá hacer uso de la banca en carácter de: Exponente (podrá expresarse en su nombre o en representación de alguna institución de acuerdo a lo indicado por esta ordenanza). Exponente y ponencia (podrá hacer uso de elementos de ayuda como presentaciones en computadora y gráficos para facilitar su exposición y una mayor comprensión del tema) y la exposición especial (deberá solicitar por nota al Presidente del Concejo, que entrará como correspondencia recibida y ser sometido a votación para determinar si se otorga o no la exposición especial). En todos los casos la solicitud deberá ser acompañada por la ponencia pertinente.
Las consideraciones expuestas por el ciudadano en la banca no tendrán carácter vinculante y no serán por lo tanto, sometidas a votación. Las mismas tendrán carácter expositivo e implicará un obligado análisis de parte del cuerpo, pudiendo el mismo expedirse a través de ordenanza, resolución o decreto según correspondiere el caso.
Cómo acceder
El ciudadano solicitante deberá retirar un formulario en la Secretaría del Concejo y completarlo con los datos: nombre y apellido, tipo y número de documento, dirección, una descripción breve y precisa del tema a tratar e información de contacto: teléfono, mail, etc. Si la solicitud es a nombre de alguna institución u organización, además de lo establecido, se deberá acreditar la representación correspondiente a la entidad, nombre, fines y domicilio de la misma. Este formulario deberá ser completado y entregado a la Secretaría del Concejo, constando el conocimiento y aceptación de lo establecido en la ordenanza. Una vez completados estos requisitos, la solicitud se numerará y registrará en un libro rubricado y foliado habilitado a tal efecto.
El uso de la Banca del Ciudadano deberá constar en el Orden del Día, como primer punto sometido a tratamiento de la sesión correspondiente, incluyendo el nombre del ciudadano y una descripción del tema a exponer. Podrá hacer uso de la Banca del Ciudadano una sola persona por sesión, salvo que el uso de banca sea en carácter de exponente y ponencia donde podrá ser asistido por no más de una persona como asesor y/o técnico. La Banca será ubicada en el Recinto, en la mesa deliberativa, frente a presidencia.
El exponente hará uso de la palabra en un tiempo no mayor a los 25 minutos. Una vez finalizada la exposición, y solo para aclaración de lo dicho, le podrán solicitar mayor precisión, previa autorización de la presidencia del cuerpo. Formalmente expuesta la exposición, a pedido de un concejal el cuerpo podrá constituirse en comisión a fin de tratar lo recientemente expuesto y determinará su pase a comisión. El plazo máximo para que el Concejo se expida sobre el asunto es de cinco sesiones ordinarias.



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