La Dra. Sara Granillo de Gómez, Juez Electoral, Secretaría Electoral a cargo de la autorizante Dra. María Carolina Luna, hace saber por un (1) día que en los autos Expte. N° 251 – Letra “A” – Año 2015, caratulados:
Agrupación Política Municipal “Movimiento Pan y Trabajo”, s/Rec. Personería Jurídico Política, se ha dictado la siguiente Resolución que se transcribe textualmente y dice: La Rioja, cuatro de mayo de dos mil quince.
Autos y Vistos, y Resultando, y Considerando: por todo ello se Resuelve:
- I) Otorgar Personería Jurídico Política, para actuar en todo el ámbito del departamento Capital de la Provincia de La Rioja a la Agrupación Municipal Movimiento Pan y Trabajo, con domicilio partidario y legal en calle Cerro Azul s/n, B° SEIPOS La Rioja Capital.
- II) Tener por apoderados al Sr. Lucas Darío Jofré y al Dr. José Nicolás Mayorga.
III) Ordenar la publicación prevista por el Art. 24 de la Ley 4.887.
- IV) Protocolícese y procédase a las registraciones pertinentes.
Comuníquese al Tribunal Electoral Provincial, al señor Fiscal General, a la Función Legislativa, a la Función Ejecutiva y al señor Juez Federal con Competencia Electoral de la provincia de La Rioja, con copia de la presente Resolución.
- V) Notifíquese.
Firmado: Dra. Sara Granillo de Gómez, Juez, Juzgado Electoral Provincial.
Dra. María Carolina Luna, Secretaria Electoral.
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