Otorgan la personería a la agrupación política municipal “Movimiento Pan y Trabajo”

Captura de pantalla (1897)La Dra. Sara Granillo de Gómez, Juez Electoral, Secretaría Electoral a cargo de la autorizante Dra. María Carolina Luna, hace saber por un (1) día que en los autos Expte. N° 251 – Letra “A” – Año 2015, caratulados:

Agrupación Política Municipal “Movimiento Pan y Trabajo”, s/Rec. Personería Jurídico Política, se ha dictado la siguiente Resolución que se transcribe textualmente y dice: La Rioja, cuatro de mayo de dos mil quince.

Autos y Vistos, y Resultando, y Considerando: por todo ello se Resuelve:

  1. I) Otorgar Personería Jurídico Política, para actuar en todo el ámbito del departamento Capital de la Provincia de La Rioja a la Agrupación Municipal Movimiento Pan y Trabajo, con domicilio partidario y legal en calle Cerro Azul s/n, B° SEIPOS La Rioja Capital.
  2. II) Tener por apoderados al Sr. Lucas Darío Jofré y al Dr. José Nicolás Mayorga.

III) Ordenar la publicación prevista por el Art. 24 de la Ley 4.887.

  1. IV) Protocolícese y procédase a las registraciones pertinentes.

Comuníquese al Tribunal Electoral Provincial, al señor Fiscal General, a la Función Legislativa, a la Función Ejecutiva y al señor Juez Federal con Competencia Electoral de la provincia de La Rioja, con copia de la presente Resolución.

  1. V) Notifíquese.

Firmado: Dra. Sara Granillo de Gómez, Juez, Juzgado Electoral Provincial.

Dra. María Carolina Luna, Secretaria Electoral.