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Bosetti atado de pies y manos: Sin los dos tercios de los diputados no puede hacer nada

El vicegobernador Néstor Bosetti está atado de pies y manos para cumplir su función como presidente de un órgano del Estado.

“Ninguna disposición de este Reglamento puede ser alterada ni derogada por Resolución Sobre Tablas, sino únicamente por medio de un proyecto en forma, que seguirá la misma tramitación que cualquier otro y requerirá para su aprobación los dos tercios de los Miembros de la Cámara”.

Así lo establece el artículo 186° del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados. De esa forma, Bosetti necesitará del acompañamiento de los dos tercios de la Legislatura hasta para designar a sus colaboradores.

TÍTULO XXIV

OBSERVANCIA Y REFORMA DEL REGLAMENTO

ARTÍCULO 184°.- Todo diputado puede reclamar la observación de este Reglamento, si juzga que se lo contraviene y el Presidente lo hará observar.-

ARTÍCULO 185°.- Si el autor de la supuesta infracción pretendiera no haber incurrido en ella, lo resolverá inmediatamente una votación sin discusión.-

ARTÍCULO 186°.- Ninguna disposición de este Reglamento puede ser alterada ni derogada por Resolución Sobre Tablas, sino únicamente por medio de un proyecto en forma, que seguirá la misma tramitación que cualquier otro y requerirá para su aprobación los dos tercios de los Miembros de la Cámara.-

Reglamento Interno

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