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De 3 a 6 años de prisión: qué dice el Código Penal sobre el delito que acorrala a Ricardo Quintela

La denuncia del fiscal Stornelli se apoya en figuras penales graves que no requieren que la violencia se materialice para que exista el delito. Qué penas arriesga el gobernador de La Rioja si la Justicia avanza con el procesamiento.


La ofensiva judicial contra Ricardo Quintela no se apoya en figuras legales menores. Cuando el fiscal federal Carlos Stornelli decidió denunciar al gobernador riojano por sugerir que el presidente Javier Milei «no llega al 10 de diciembre de 2027» o comparar la situación actual con los «36 muertos» del 2001, lo hizo invocando artículos del Código Penal que contemplan penas de prisión efectiva.

Aunque el mandatario provincial se escuda en que sus palabras fueron un mero «análisis político», la Justicia Federal deberá evaluar si sus declaraciones en medios de alcance nacional cruzaron la delgada línea de la libertad de expresión para convertirse en un delito contra el orden público.

Las penas en juego: qué dice la ley

El dictamen de Stornelli apunta principalmente a dos figuras contempladas en el Título VIII del Código Penal argentino (Delitos contra el orden público):

  • Incitación a la violencia colectiva (Artículo 212): Es el corazón de la denuncia. El Código establece que «será reprimido con prisión de tres a seis años el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola incitación».
    • La clave jurídica: La ley subraya que el delito se concreta «por la sola incitación». Esto significa que no hace falta que se produzcan incidentes reales, saqueos o levantamientos en las calles para que Quintela sea considerado culpable; basta con haber pronunciado públicamente el mensaje instigador.
  • Instigación a cometer delitos (Artículo 209): De forma complementaria, el fiscal sugirió que las palabras del gobernador podrían encuadrar en este artículo, que reprime «con prisión de dos a seis años al que públicamente instigare a cometer un delito determinado».

A esto se le suma la advertencia del fiscal sobre una «posible afectación del orden constitucional», un terreno aún más delicado, ya que el Código Penal castiga severamente (con penas de 5 a 15 años) a quienes se alcen para deponer a los poderes públicos.

El riesgo real para la investidura

Si el juez federal a cargo de la causa decide procesar a Quintela y la investigación avanza hasta una eventual condena firme, el escenario institucional para La Rioja sería inédito.

Dado que la escala penal de la «incitación a la violencia colectiva» tiene un mínimo de 3 años y un máximo de 6, una condena alta implicaría prisión efectiva. Si bien los fueros protegen al gobernador del arresto inmediato, una sentencia condenatoria firme de la Justicia Federal obligaría a la Legislatura de La Rioja a iniciar un juicio político para destituirlo, ya que no podría ejercer su cargo estando inhabilitado penalmente.

Mientras tanto, en la Casa de las Tejas buscan encapsular el conflicto. El entorno de Quintela sabe que los tiempos de Comodoro Py suelen ser largos, pero la imputación funciona como una espada de Damocles política en el peor momento: justo cuando la provincia cruje por el default de su deuda y el desgaste diario de pagar los sueldos estatales con cuasimonedas.


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