Boletin

Crean la Comisión de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia Nacional

Por Eduardo Nelson German · 18 de febrero de 2016 · 09:00

LEY N° 9.776

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1°.-Créase la Comisión de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia Nacional, la cual será presidida por el señor Gobernador de la provincia de La Rioja y estará integrada por tres (3) representantes de la Función Ejecutiva; tres (3) representantes de la Función Legislativa y Tres (3) representantes de la Función Judicial de nuestra Provincia.

Artículo 2°.-La Comisión convocara, para el cumplimiento de sus objetivos, a las personalidades e instituciones de reconocidos valores republicanos y democráticos, que mantuvieron vivo el recuerdo de aquel glorioso 9 de julio de 1816 y sostuvieron en la memoria de cada uno de los argentinos, las proezas y renunciamientos de los hombres y mujeres que fueron parte de la independencia de nuestra Nación.

Artículo 3°.-Establézcase que la Comisión creada tendrá a su cargo la planificación, ejecución y gestión de todas las actividades necesarias que se determinen para la conmemoración del mencionado acontecimiento histórico, como así la también la coordinación con los Municipios y Organizaciones que se sumen a las actividades planificadas.

Artículo 4°.-La Función Ejecutiva proveerá los recursos, la infraestructura, la apoyatura técnica y el personal necesario para el desarrollo de las funciones de esta Comisión, sin perjuicio de los cual podrá recibir aportes y contribuciones para el logro de sus propósitos.

Artículo 5°.-Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130° Período Legislativo, a los doce días del mes de noviembre del dos mil quince.

Proyecto presentado por la diputada Nicolasa Cristina Saúl.

Luís Bernardo Orquera -Vicepresidente 1º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia -Jorge Raúl Machicote -Secretario Legislativo