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La cantidad de avales para precandidaturas sobre registro de electores

La Cámara Nacional Electoral la dio a conocer calculada sobre el registro de electores. Lo hizo en base al artículo 21 de la Ley 26.571 en relación a la cantidad de avales necesarios para las precandidaturas a diputados nacionales en La Rioja. LA DISPOSICIÓNAvales 2013 2x1000.pub - avales_electores.pdf

La Cámara Nacional Electoral estableció que la cantidad de avales necesarios para las precandidaturas a diputados nacionales en La Rioja, calculada sobre el registro de electores.

Lo hizo en base al artículo 21 de la Ley 26.571 que establece que “las precandidaturas a senadores, diputados nacionales y parlamentarios del MERCOSUR,  deberán estar avaladas por un número de afiliados no inferior al dos por mil (2 ‰) del total de los inscritos en el padrón general de cada distrito electoral, hasta el máximo de un millón (1.000.000), o por un número mínimo de afiliados a la agrupación política o partidos que la integran , equivalente al dos por ciento (2 %) del padrón de afiliados de la agrupación política o de la suma de los padrones de los partidos que la integran, en el caso de las alianzas, del distrito respectivo, hasta un máximo de cien mil (100.000), el que sea menor”.

Mientras que los “distritos con más de 1.000.000 de electores, en los que se requiere un mínimo de 4.000 afiliados (artículo 7 bis “a”)”.

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