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Tras resignarle beneficios por $165 millones, cambios en la empresa de ex Curtiembre Yoma

El 20 de mayo se dispuso que la empresa Curtume CBR S.A. sea representada por el vicepresidente Laudinor Luiz Frohlich ante la ausencia del presidente, Gilmar Harth. Dicha firma tiene el manejo de la ex Curtiembre Yoma. Por el decreto Nº 1.067, del 27 de agosto de 2009, el gobernador reasignó a favor de la empresa $ 165.226.490,93 correspondientes a beneficios de promoción industrial.Microsoft Word - 2013-08-23.doc - 2013-08-23.pdf

El edicto

La señora Presidente de la Excma. Cámara Primera en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de La Rioja, Dra. Sofía Elena Nader de Bassani, en autos Expte. N° 127/13 – Letra “C”, caratulados: “Curtume CBR S.A. s/Inscripción del Acta de la Asamblea del Directorio”, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio, a cargo de la Dra. Antonia Elisa Toledo, hace saber por una vez que en los autos del rubro se encuentran tramitando la inscripción del Acta de la Asamblea de Directorio de la empresa Curtume CBR S.A., efectuada el 20 de mayo de 2013, en la que se dispuso que el cargo del Presidente en ausencia del Presidente, Sr. Gilmar Harth, sea asumido por el Vicepresidente, Sr. Laudinor Luiz Frohlich, RG 5046624069, expedida el 11/06/2008, CPF (Catastro de Persona Física) 389.441.460-04, Pasaporte CX 50293, válido hasta el 02/02/2014, visto de permanencia de 02 años N° 044938, Expediente N° 49.276-2009, dirección: Contry El Carmen -Camino General Belgrano, Km. 34, Lote 01, Manzana 280 -Guillermo Hudson, CDI 20603603339 -Dcto. Argentino, en consecuencia queda investido de todas las facultades de representación que le corresponden al Presidente.

Habiéndose ordenado de conformidad a lo establecido por el Art. 10 inc. “b” de laLey 19.550, la publicación por un (1) día en el Boletín Oficial del presente edicto.

Chilecito, 16 de agosto de 2013

Antecedentes

1) Mediante el decreto Nº 1.067, del 27 de agosto de 2009, el gobernador Luis Beder Herrera reasignó “a favor de la empresa “Curtume CBR Ltda.”, del monto previsto en el Artículo 1º del Decreto F.E.P. Nº 728/09, la suma de Pesos Ciento Sesenta y Cinco Millones Doscientos Veintiséis Mil Cuatrocientos Noventa con Noventa y Tres Centavos ($ 165.226.490,93) correspondientes a beneficios de promoción industrial oportunamente imputados presupuestariamente y acreditados en las cuentas corrientes computarizadas de los titulares de los proyectos promovidos que en detalle figuran en los Anexos I y II del presente decreto”.

Microsoft Word - 2009-10-30-B - 2009-10-30-B.pdf

2) Mediante el decreto Nº 649, del 23 de mayo de 2011, el gobernador Luis Beder Herrera autorizó “al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. N° 910 -Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración-de hasta la suma de Pesos Un Millón Trescientos Mil ($ 1.300.000,00), a través de un anticipo de fondos -Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, para su entrega a favor de la empresa Curtume CBR Ltda., de acuerdo con las consideraciones tenidas en la cuenta en el presente acto administrativo y las constancias obrantes en el Expte. F14-Nº 00462-1-Año 2011”.

3) Mediante el decreto Nº 799, del 27 de junio de 2011, el gobernador Luis Beder Herrera destinó “hasta la suma de Pesos Un Millón Quinientos Mil ($ 1.500.000,00), con el fin de asistir financieramente a la Empresa Curtume CBR Ltda., de conformidad con los antecedentes ontenidos en Expte F14-N° 00578-7-11 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo”.

4) Mediante el decreto Nº 1.424, del 27 de octubre de 2011, el gobernador Luis Beder Herrera destinó “hasta la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00) mensuales, para el período comprendido entre los meses de octubre y diciembre de 2011, con el fin de asistir financieramente con cargo de oportuna restitución a la Empresa Curtume CBR Ltda., de conformidad con los antecedentes contenidos en Expte. F14-N° 01075-4-11 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo”.

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