El Abogado Pedro Carreño en diálogo con Radio Viva explicó, en parte, el significado y funcionamiento de la Carta Orgánica Municipal.
“La Carta Orgánica Municipal es, para el régimen municipal, lo mismo que la Constitución para la Provincia, y la Constitución para la Nación. Es decir, La carta fundamental, el estatuto fundamental” inició el Dr. Pedro Carreño con la explicación “La norma superior que organiza todos los aspectos relativos al gobierno como así también al régimen de derechos de los ciudadanos, solo que limitado al ámbito municipal”.
Resumió que las cartas orgánicas son aspectos fundamentales de la autonomía municipal, de la misma manera que lo es la Constitución Provincial y la Constitución Nacional, lo que significa que la creación de la Carta Orgánica Municipal atribuye un régimen en el que se puede elegir las propias autoridades de forma independiente al régimen provincial o nacional, si así se quiere.
“Lo mejor que nos puede pasar en democracia, es que a los ciudadanos se nos consulte sobre todas estas cuestiones”, finalizó.





