Publican en el Boletín Oficial el Código de Convivencia
LEY Nº 9.679 LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE L E Y: LIBRO I TITULO I Parte General Artículo 1°.- Ambito de Aplicación. El presente Código se aplicará a las personas imputadas por la comisión de las infracciones expresamente tipificadas en esta ley y las establecidas en leyes especiales de contenido contravencional, que sean cometidas o cuyos efectos se produzcan … Seguir leyendo Publican en el Boletín Oficial el Código de Convivencia
Debe estar conectado para enviar un comentario.