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Brizuela respaldó las leyes contra la usura y pidió proteger el cobro de alimentos, indemnizaciones y honorarios

El presidente del Consejo de Abogados valoró las medidas provinciales para enfrentar los préstamos abusivos. Solicitó precisar el alcance de la suspensión de ejecuciones para evitar que afecte a créditos ajenos a esas prácticas.

Francisco Brizuela Montenegro habla con un micrófono durante una actividad.

El presidente del Consejo de Abogados de La Rioja, Francisco Brizuela, expresó el respaldo de la institución a las leyes provinciales destinadas a combatir la usura, aunque pidió aclaraciones para que la protección de los deudores no obstaculice el cobro de honorarios profesionales, indemnizaciones laborales y cuotas alimentarias.

Brizuela explicó que la comisión directiva fijó su posición después de analizar las normas y considerar las situaciones de endeudamiento que los abogados conocen a través del ejercicio profesional.

“Creemos que son herramientas necesarias”, sostuvo. Según planteó, las prácticas abusivas de préstamo tienen una presencia extendida en la provincia y sus consecuencias se agravaron con las dificultades económicas.

Un respaldo con observaciones

Brizuela diferenció el apoyo al objetivo de las leyes de las objeciones sobre su redacción. Señaló que el Consejo no fue consultado durante su elaboración y que esa ausencia motivó parte de las observaciones incluidas en el comunicado institucional.

El principal cuestionamiento se concentra en la expresión “créditos instrumentados”, cuyo alcance considera demasiado amplio. Según advirtió, una interpretación general podría involucrar obligaciones que no provienen de préstamos abusivos.

Por ese motivo, pidió excluir expresamente los créditos por honorarios profesionales, indemnizaciones laborales y obligaciones alimentarias. Aclaró que la preocupación no se limita a los abogados: también comprende a médicos, contadores, psicólogos, peritos y otros profesionales.

El planteo apunta a evitar que una medida destinada a contener la usura termine demorando el cobro de trabajos realizados o de derechos reconocidos judicialmente.

Qué aclaración solicita el Consejo

Durante la entrevista, Brizuela identificó a la Ley 10.896 como la norma sobre la que reclama precisiones. Propuso que las autoridades evalúen una aclaración mediante su reglamentación o una nueva intervención legislativa.

Explicó que los honorarios y otras obligaciones mencionadas suelen estar reconocidos en sentencias, por lo que no deben confundirse con un préstamo documentado mediante un pagaré.

Su advertencia se refiere al riesgo de una interpretación amplia. No describió un fallo concreto que haya suspendido el cobro de alimentos, indemnizaciones u honorarios por aplicación de estas medidas.

El dirigente indicó que había mantenido conversaciones con asesores de la Legislatura y de Casa de Gobierno para explicar el reclamo. Al momento de la entrevista, afirmó que todavía no había recibido una respuesta.

Controles y renegociación de deudas

Brizuela destacó aspectos de la Ley 10.901, entre ellos la regulación de las casas de préstamos, la identificación de responsables locales, la fijación de domicilios y una instancia obligatoria de negociación para revisar las deudas en condiciones equitativas.

Según relató, en el ejercicio profesional aparecen situaciones en las que los reclamos de pago se combinan con amenazas, presiones y retención de documentación. Consideró positivo que existan herramientas para controlar esas conductas.

El contexto judicial muestra que el problema ya genera investigaciones. El Poder Judicial provincial informó sobre dos denuncias por presunta usura en préstamos con motocicletas como garantía, encuadradas inicialmente en el artículo 175 bis del Código Penal. Se trata de hechos bajo investigación, sin que ello implique una declaración de culpabilidad.

La vía penal ante presuntos abusos

Consultado por los pagarés, Brizuela explicó que esos documentos no necesariamente permiten conocer, por sí solos, las condiciones que dieron origen a una deuda.

Por ello, recomendó que quienes consideren estar sometidos a prácticas usurarias busquen asesoramiento jurídico y evalúen presentar una denuncia penal. Mencionó especialmente los intereses desproporcionados y las exigencias abusivas del acreedor.

La posición del Consejo combina así el respaldo a la intervención contra la usura con un pedido de precisión: proteger a quienes enfrentan préstamos abusivos y preservar, al mismo tiempo, el cobro de obligaciones legítimas.

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