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La Rioja: un proyecto propone concursos docentes y nuevas reglas para los institutos superiores

La iniciativa remitida a la Comisión de Educación de la Legislatura plantea reorganizar la formación docente y técnica provincial. Incluye evaluación institucional, participación estudiantil y planificación de carreras según las necesidades regionales.

Vista exterior del Instituto Superior de Formación Docente Carolina Tobar García, en La Rioja.

Un proyecto de Ley de Educación Superior provincial propone modificar la organización de los institutos de formación docente y técnica de La Rioja, establecer concursos para el ingreso a la carrera docente y crear nuevos espacios de evaluación y planificación.

El texto está acompañado por una nota fechada el 12 de agosto de 2026, firmada por la secretaria de Gestión Educativa, Zoraida Rodríguez, y dirigida al presidente de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, Luis Rojo, para solicitar su tratamiento legislativo.

La propuesta comprende 32 artículos y plantea un marco para las instituciones de gestión estatal y privada del nivel superior provincial. Entre sus principios figuran el ingreso libre y gratuito, la igualdad de oportunidades para acceder, permanecer y egresar, la inclusión de personas con discapacidad y la articulación entre instituciones.

Concursos y participación en los institutos

Uno de los puntos centrales es el ingreso a la carrera docente. El artículo 27 propone que tanto los cargos interinos como los titulares se cubran mediante concurso público y abierto de antecedentes y oposición.

Para los cargos directivos, el documento prevé un sistema mixto, cerrado y con mandato a término, cuyas características quedarían sujetas a reglamentación.

También plantea crear un consejo institucional en cada instituto, con representación de docentes, estudiantes, egresados, personal técnico, administrativo y de maestranza. Sus integrantes serían elegidos por sus pares y tendrían mandatos de tres años.

Cómo se planificarían las carreras

El proyecto propone un Consejo Jurisdiccional de Educación Superior, integrado por autoridades del área, representantes de supervisión y directivos de institutos de formación docente y técnica de las regiones.

Entre sus funciones estarían evaluar la viabilidad de nuevas ofertas, intervenir en la relocalización de carreras existentes y dictaminar sobre la creación de anexos y extensiones áulicas.

El texto contempla además la posibilidad de proponer carreras a término, con un máximo de cuatro cohortes para la formación docente y tres para la formación técnica. Ese límite se refiere a las cohortes de las ofertas que se implementen bajo esa modalidad, no a los años de duración de todas las carreras.

La planificación debería considerar las demandas educativas, el contexto productivo y laboral, las condiciones de las instituciones y los estudios de factibilidad regional.

Relacionado: La Legislatura y gremios docentes debaten modificaciones en los regímenes de Educación Superior y JUETAENO.

Evaluación y nuevos cargos

La iniciativa incluye una Comisión de Evaluación de la Formación Docente y Técnica, que funcionaría ad honorem y acompañaría procesos de autoevaluación y evaluación institucional.

Asimismo, propone crear seis cargos de supervisión superior zonal y otros cinco para la estructura mínima del Consejo Jurisdiccional: una coordinación general, dos puestos administrativos y dos asistentes técnico-pedagógicos.

Otro artículo contempla un sistema integral de gestión administrativa y académica para registrar información financiera, de recursos humanos y de la actividad educativa.

Financiamiento y reglamentación

El proyecto asigna al Estado provincial la responsabilidad de destinar presupuesto al sistema formador y asegurar las condiciones para su funcionamiento. El articulado no fija un monto ni un porcentaje presupuestario específico.

Como disposiciones transitorias, plantea que las instituciones existentes adecuen progresivamente su funcionamiento a los requisitos previstos. También establece la conformación de una comisión de reglamentación dentro de los 30 días hábiles de la publicación y un plazo de un año desde la sanción para reglamentar la ley.

Estas disposiciones forman parte del proyecto remitido para tratamiento legislativo. La documentación analizada no incluye constancia de sanción ni de promulgación.

Foto: Instituto Superior de Formación Docente Carolina Tobar García, en La Rioja. Imagen de archivo de su sitio institucional.

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