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Wamba Ortiz cuestionó la discrecionalidad de las entrevistas para elegir jueces en La Rioja

La abogada Wamba Ortiz, concursante para un juzgado de instrucción de la Capital, presentó un amparo contra los artículos 90 y 91 del reglamento del Consejo de la Magistratura de La Rioja, que regulan la entrevista personal de los candidatos a jueces. La acción fue rechazada en primera instancia y deberá reformularse como una acción…

Wamba Ortiz, abogada

La abogada Wamba Ortiz, postulante en el concurso número 186 para cubrir el Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N°1 de la ciudad Capital, presentó un amparo que cuestiona la discrecionalidad con la que el Consejo de la Magistratura de La Rioja evalúa a los postulantes a jueces en la instancia de la entrevista personal. La medida fue rechazada por la jueza Ana Carolina Curtis, aunque el planteo continúa por otra vía.

«Este amparo no tiene nada que ver con que yo gane un cargo, con que me den más puntos en la evaluación, y mucho menos con quitarme algo», aclaró Wamba Ortiz en diálogo con Medios Rioja para Alta Data, y recordó que el Consejo de la Magistratura publicó esta semana el listado de inscriptos en cada uno de los concursos, con un plazo de tres días corridos para presentar impugnaciones contra los postulantes.

Qué cuestiona del reglamento

El planteo apunta a los artículos 90 y 91 del reglamento del Consejo de la Magistratura. El primero regula la entrevista personal, que vale 34 puntos y es la última instancia de evaluación antes de que el organismo eleve la terna a la Cámara de Diputados. El segundo refiere al régimen de impugnaciones.

Antes de la entrevista, los postulantes atraviesan otras etapas: entrevistas profesionales y académicas, con un tope de 16 puntos —3 por un doctorado, 2 por una maestría y 1,5 por una especialización—, un examen escrito y, si el Consejo lo decide, un examen oral que suma otros 10 puntos, además de una evaluación psicológica.

El reglamento menciona seis pautas generales para la entrevista: criterio práctico, formación jurídica y conocimiento específico, vocación, motivación, capacidad funcional y otras circunstancias que permitan al consejero hacer una evaluación integral del postulante. Para Wamba Ortiz, sin embargo, el texto no explica qué significa cada ítem, qué preguntas se harán ni qué puntaje máximo corresponde a cada uno: «El reglamento tiene que establecer de manera clara al postulante cuáles van a ser las preguntas que se le van a hacer en la entrevista, porque de esta manera entra a incidir mucho la discrecionalidad», sostuvo.

«El que queda primero en mérito termina cuarto o quinto»

Según Wamba Ortiz, el diseño del sistema permite que un postulante con buenos antecedentes académicos, que rinde bien el examen escrito y el oral y llega primero en el orden de mérito, termine relegado al cuarto o quinto lugar después de la entrevista, mientras que otro candidato que estaba último pasa al primer puesto.

Consultada sobre si eso implica que no siempre accede al cargo el postulante mejor preparado sino el que resulta más conveniente para el poder de turno, la abogada respondió: «Podría razonarse algo así, o directamente entra más la discrecionalidad. Puede suceder que un postulante que estaba último pase a primero».

La abogada remarcó además que, a diferencia de otras provincias y del Consejo de la Magistratura de la Nación, en La Rioja no existe garantía de que la entrevista sea filmada y publicada. «Si a mí me ponen un puntaje bajo, ¿cómo puedo probar que contesté bien, que la pregunta fue de tal manera, y que a todos los postulantes se les hicieron preguntas con la misma dificultad técnica?», planteó.

Wamba Ortiz relató que en un concurso anterior impugnó su propio examen oral porque, al recibir la devolución, figuraban preguntas que no le habían formulado. Pidió la filmación —que se realiza, aunque no se publica— y confirmó la diferencia, aunque en ese momento decidió no avanzar por la vía judicial.

El amparo fue rechazado y ahora irá por la inconstitucionalidad

La jueza Ana Carolina Curtis rechazó el amparo y consideró que la vía adecuada para el planteo no es esa, sino una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia. «No es mi criterio, pero bueno, me está diciendo eso: que vaya directamente al Tribunal Superior de Justicia y no por Cámara», señaló Wamba Ortiz, quien dispone de tres días para recurrir el fallo.

La comparación con la Corte Suprema de la Nación

Wamba Ortiz citó como antecedente una acordada dictada este año por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que redujo el peso de la entrevista personal en los concursos para la Justicia federal y fijó pautas claras con puntajes definidos. «Yo sé, cuando vaya a rendir un concurso a la Justicia Federal, que me van a preguntar cuál va a ser mi plan de trabajo y cuál es mi criterio ético. Hay un puntaje de veinte puntos para la especialidad, pero eso no existe en La Rioja», comparó.

La abogada aclaró que ni siquiera la Corte Suprema avanzó sobre otro punto que también genera sospechas: la posibilidad de que la Cámara de Diputados, al recibir la terna, elija a un candidato que no encabeza el orden de mérito. «Eso está establecido constitucional y políticamente. Los diputados pueden elegir al tercero en vez del primero, y deberán fundar por qué lo hacen», explicó, y admitió que ese mecanismo también genera «la misma sospecha» de acuerdos previos.

Wamba Ortiz remarcó que el objetivo del amparo no es modificar quién ocupa un cargo puntual, sino que el Consejo de la Magistratura aclare y reforme el reglamento para dar mayor transparencia al proceso. El concurso 186, en el que ella participa, se encuentra en la etapa de impugnaciones contra los postulantes inscriptos, en un organismo que desde la última reforma institucional depende de la Cámara de Diputados y ya no del Poder Judicial.

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