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Invierten 132 mil pesos para el Centro de Biotecnología Vegetal Riojana

El gobierno destinó $134.963,00 a favor de Vivero del Oeste Riojano S.A.P.E.M.”, en concepto de aporte a cuenta de futuros aumentos de capital, para ser aplicados al pago del anticipo de la documentación de la obra del proyecto Centro de Biotecnología Vegetal Riojana;  por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en el Expte. F14-00971-011. 

Serán aplicados al pago del anticipo de la documentación de la obra del proyecto Centro de Biotecnología Vegetal Riojana.

DECRETO Nº 069

La Rioja, 02 de febrero de 2012

Visto: el Expte. Código F14-Nº 01399-8-Año 2011, que contiene la presentación realizada por la Empresa Vivero del Oeste Riojano S.A.P.E.M.; y,

Considerando:

Que a través de dicha presentación solicita una asistencia financiera por la suma de Pesos Ciento Treinta y Cuatro Mil Novecientos Sesenta y Tres ($134.963,00), para ser aplicados al pago del anticipo de la documentación de la obra del proyecto Centro de Biotecnología Vegetal Riojana.

Que, dado que Vivero del Oeste Riojano S.A.P.E.M., es una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, que se rige por el Régimen establecido en la Ley Nº 19.550 y las disposiciones del Decreto Nº 1.025/09, corresponde que los recursos sean tomados como aportes a cuenta de futuros aumentos de capital de la misma, conforme a su estatuto de constitución.

Que, conforme con los antecedentes aportados, Vivero del Oeste Riojano SAPEM, es una sociedad regularmente constituida e inscripta en el Registro Público de Comercio de acuerdo con las actuaciones contenidas en el Expte. Letra V-Nº 10.283-Año 2009 de dicho Registro.

Que, atento a lo expuesto y a la naturaleza de la solicitud, es propósito de esta Función Ejecutiva hacer lugar a lo solicitado, por lo que procede autorizar al Ministerio de Hacienda para que, a través de los Organismos específicos de su dependencia, haga efectiva la entrega a la Empresa Vivero del Oeste Riojano S.A.P.E.M. de la suma solicitada, por el concepto antes mencionado.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º.- Destínase la suma de Pesos Ciento Treinta y Cuatro Mil Novecientos Sesenta y Tres ($134.963,00), a favor de Vivero del Oeste Riojano S.A.P.E.M.”, en concepto de aporte a cuenta de futuros aumentos de capital, para ser aplicados al pago del anticipo de la documentación de la obra del proyecto Centro de Biotecnología Vegetal Riojana;  por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en el Expte. F14-00971-011.

Artículo 2º.- Por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, dependiente del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la suma y conceptos expresados en el artículo anterior a favor de Vivero del Oeste Riojano S.A.P.E.M., con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente y de oportuna rendición de cuentas.

Artículo 3º.- La Empresa Vivero del Oeste Riojano se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para la que se otorga la asistencia financiera, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28 y concordantes de la Ley Nº 4.828.

Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.

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