Es importante que quienes ejercen el poder público a través de las entidades democráticas reflexionen y recuerden que la prensa no es una cosa peligrosa. Lo peligroso es quizás el pensamiento humano que se refleja a través de la prensa, pero decir que pensar o expresarse es peligroso no se compadece con un sistema democrático constitucional 
El día 13 de Junio de 2013, quienes están a cargo aplicar las leyes, garantizando la supremacía del derecho, han resuelto hacer lugar a la medida cautelar interpuesta por el Gabriel Bosetti, Ministro de Infraestructura de la Provincia de La Rioja, en contra de Miguel Galeano, Andrea Laura Alonso y la página de internet Medios Rioja y Radio Rioja 96,9, como comunicadores sociales, y aceptó “la contracautelar ofrecida que se estime en la suma de 100.000 pesos, la que una vez ratificada deberá inscribirse en la registro respectivo”.
Al respecto la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja ha emitido un fallo que sienta peligrosos precedentes a nivel jurisprudencial y la burla de la opinión periodística y pública a nivel nacional (“Pagarán por criticar a un Ministro”, Diario Los Andes de la Provincia de Mendoza, 07 de Julio de 2013; “La Justicia “aprieta” a la prensa para que no critique a un Ministro del gobierno”, Diario Chilecito.com, 08 de Julio de 2013, entre otros).
Lejos esta ese fallo del criterio mayoritario adoptado por los Tribunales de la República. En este sentido, la Sala VI de la Cámara del Crimen (causa 38436, “F.G.s/incidente de falta de acción” el 21 de Diciembre de 2009) se había expedido destacando que los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y la crítica del público, no en función de la calidad del sujeto sino en el interés público de las actividades que realiza, dado que en una sociedad democrática la prensa debe informar ampliamente sobre cuestiones de interés público, que afectan bienes sociales, y los funcionarios rendir cuentas de su actuación en el ejercicio de sus tareas públicas”.
Sentando la razón que sigue la normativa vigente en el país, respecto a que El “interés público” está estrechamente relacionado con el funcionamiento del sistema democrático, la garantía de los principios y reglas de un estado de derecho, el respeto de los derechos individuales y colectivos. La participación del ciudadano en los asuntos del quehacer público, y todo otro tema análogo que se relacione con ellos, son derechos tutelado y “preferidos” constitucionalmente, por lo que se debe resguardar la libertad de prensa ante el peligro del cercenamiento del debate político, con las nefastas consecuencias que ello acarrea al sistema democrático como medio de presión para inhibir la libertad de expresión.
Es de común acuerdo que los temas de trascendencia pública deben salir a la luz, mostrando todos los hechos y opiniones posibles para que el pueblo pueda formarse su propia opinión al respecto.
En un mismo sentido La Corte Suprema Argentina en el caso Abal v. La Prensa sostuvo que: “Entre las libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo de que sin su debido resguardo existiría tan sólo una democracia desmedrada o puramente nominal (…) está claro que la Constitución al legislar sobre la libertad de prensa, protege fundamentalmente su propia esencia democrática contra toda desviación tiránica.
”
Como ciudadanos, funcionarios y autoridades, es nuestro deber señalar que fallos como estos representan un severo peligro para la comunidad toda y para la sociedad democrática en su esencia, entendiendo que a través del uso de los medios legítimos institucionales se trata de burlar indirectamente las libertades sociales y los cimientos republicanos resguardados por las Cartas Magnas de la Nación y las Provincias, al obligar a la prensa a autocensurarse en desmedro del interés público, abriendo las puertas a la protección de los gobiernos tiránicos y dictatoriales que, a través del abuso de poder institucional, cohíben la libertad de pensamiento y expresión.
Por todo ello es importante que quienes ejercen el poder público a través de las entidades democráticas reflexionen y recuerden que la prensa no es una cosa peligrosa. Lo peligroso es quizás el pensamiento humano que se refleja a través de la prensa, pero decir que pensar o expresarse es peligroso no se compadece con un sistema democrático constitucional. Por último, rescatamos el pensamiento del patrono cívico de la prensa argentina, el Dr. Mariano Moreno, quien poco antes de morir decía que para él era “preferible vivir junto a una libertad peligrosa, que disfrutar de la paz que le brinda una servidumbre tranquila”.-


