La Rioja, 12 de agosto de 2015
Visto: El Expediente Código Al N° 06942-1/15, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N° 9.696 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126° inc. 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°.- Promúlgase la Ley N° 9.696 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 23 de julio de 2015.
Artículo2°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador -Guerra, R.A., M.H.













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