Milei impulsa la «adecuación» del «ambiente periglacial», una zona que la ley actual protege de manera amplia. Los defensores del cambio aseguran que la norma es «indefinida» y bloquea inversiones. Los ambientalistas advierten: «Si tenés dudas, no podés destruir».
El Gobierno nacional ha puesto en la mira uno de los candados ambientales más fuertes que existen hoy para la actividad extractiva en la Cordillera de los Andes. Entre los proyectos a tratar en las sesiones extraordinarias del Congreso, se incluirá la «adecuación» de la Ley de Glaciares. El objetivo es revisar un concepto técnico que divide aguas entre el desarrollo minero y la preservación del agua: el «ambiente periglacial».
Esta iniciativa no es aislada; según Javier Milei, la idea original partió del gobernador mendocino Alfredo Cornejo y cuenta con el respaldo explícito de la llamada «Mesa del Cobre», integrada por los gobernadores de San Juan, Catamarca y Jujuy. La Rioja, que comparte la geografía andina de los «Andes Desérticos» y un potencial minero inexplotado, es una de las provincias donde este cambio podría reconfigurar el mapa productivo.
La disputa técnica: ¿Roca o reserva de agua?
El corazón del debate es qué se considera «ambiente periglacial». La ley sancionada en 2010 lo define como áreas con suelos congelados que actúan como reguladores del recurso hídrico. Hoy, el artículo 6 de la norma prohíbe la minería en estas zonas.
Para los impulsores de la reforma, esta definición es «demasiado amplia e indefinida», lo que habilita «bloqueos a proyectos mineros aun en zonas donde no habría verdaderos recursos hídricos».
Bernardo Parizek, magister en Evaluación de Impacto Ambiental, sostiene que la ley actual convirtió a estas áreas en «terreno fértil para que abogados no especializados y organizaciones puedan bloquear cualquier proyecto». En la misma línea, el geólogo Eddy Lavandaio argumenta que el ambiente periglacial protegido «no tiene límites» y que las rocas de la cordillera son mayormente impermeables, por lo que «no pueden decir que ahí están las reservas de agua del país».
La advertencia científica y el «principio precautorio»
Del otro lado, la resistencia es férrea. Unas 25 organizaciones ya emitieron un comunicado advirtiendo que «cualquier intento de retroceder en la protección y conservación del ambiente debe ser considerado ilegal e inconstitucional».
Laura Zalazar, coordinadora del Inventario Nacional de Glaciares (IANIGLA), defiende la vigencia de la norma actual. Explica que proteger el ambiente periglacial implica resguardar «hielo, es decir, agua dulce en estado sólido». Según la experta, «puede que algún cuerpo de hielo no esté incluido en el inventario, pero eso no implica que no exista».
Agostina Rossi Serra, de Greenpeace Argentina, apela al «principio precautorio» de la Ley General de Ambiente: «Si vos tenés dudas, no podés destruir por precaución». Rossi Serra destaca un dato clave para provincias áridas como La Rioja: «Hay estudios que indican que en años de sequía [los suelos congelados] pueden hacer un aporte de entre 25 y 30% a los ríos que nacen de la cordillera».
El inventario en números
Según el primer relevamiento de 2018, Argentina posee 16.968 cuerpos de hielo. La actualización de 2024 ya cubrió la región de los Andes Desérticos, que incluye a La Rioja, Catamarca, Salta, Jujuy y el norte de San Juan. Sin embargo, el inventario solo relevó los glaciares de escombros visibles satelitalmente, dejando fuera del mapa oficial a vastas zonas de suelo congelado que hoy son el centro de esta disputa millonaria.





