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Crean dársenas para estacionamiento en los principales paseos de la capital

Darsenas-estacionamiento-AO R D E N A N Z A N° 5.132

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA RIOJA SANCIONA PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A:

ARTICULO 1º.-Dispónese al Departamento Ejecutivo Municipal, la creación de dársenas para estacionamiento, en los principales paseos de la capital (Plaza 25 de Mayo, Plaza 9 de Julio y Plaza Juan Facundo Quiroga) destinados al uso de personas con otras capacidades.-

ARTICULO 2º.-Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Municipal y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones “Centenario Santo Tomás Moro” del Concejo Deliberante de la Ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja, a los veintitrés días del mes de Abril del año dos mil catorce. Proyecto presentado por los Concejales Daniel MARCOS y José PISTEK PAEZ.-

FIRMADO: Dn. Armando E. Molina – Vice-Intendente Municipal Dr. Walter O. Navarro – Secretario Deliberativo

CIUDAD DE TODOS LOS SANTOS DE LA NUEVA RIOJA

21 DE MAYO DE 2014

VISTO, los términos de la Ordenanza N° 5132/14 sancionada por el Concejo Deliberante para la Municipalidad del Departamento Capital, y;

CONSIDERANDO:

QUE, mediante dicha norma legal, se dispone al D.E.M. la creación de dársenas para estacionamiento, en los principales paseos de la capital (Plaza 25 de Mayo, Plaza 9 de Julio y Plaza Juan Facundo Quiroga) destinados al uso de personas con otras capacidades.-

QUE, de acuerdo al Art. 107, inc. 2 de la Ley Orgánica Municipal Transitoria Nº 6.843, son Deberes y Atribuciones de la Función Ejecutiva Promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza N° 5132/14 sancionada por el Concejo Deliberante para la Municipalidad del Departamento Capital.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario General y el Sr. Secretario de Infraestructura y Obras Públicas.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

D E C R E T O (I) N° 2165

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