La Dra. Sara Granillo de Gómez, Juez Electoral, Secretaría Electoral a cargo de la autorizante Dra. María Carolina Luna, hace saber por un (1) día que en los Autos Expte. N° 257, Letra “A”, Año 2015, caratulados: Agrupación Política Municipal “Partido de la Red La Rioja”, s/Rec. Agrup. Pol. Municipal, se ha dictado la siguiente Resolución que se transcribe textualmente y dice:
La Rioja, veintidós de junio de dos mil quince. Autos y Vistos, y Resultando, y Considerando: por todo ello se Resuelve:
- I) Otorgar Personería Jurídico Política, para actuar en todo el ámbito del Departamento Capital de la Provincia de La Rioja a la Agrupación Municipal “Partido de la Red La Rioja”, con domicilio partidario en Avenida Alem N° 250, B° UPCN; y legal en calle Valparaíso N° 159, B° Los Cerros de la Ciudad de La Rioja.
- II) Tener por apoderados a Manuela Calvo y al Dr. José Nicolás Mayorga.
III) Ordenar la publicación prevista por el Art. 24 de la Ley 4.887.
- IV) Protocolícese y procédase a las registraciones pertinentes. Comuníquese al Tribunal Electoral Provincial, al Señor Fiscal General, a la Función Legislativa, a la Función Ejecutiva y al Señor Juez Federal con Competencia Electoral de la provincia de La Rioja, con copia de la presente Resolución.
- V) Notifíquese.





Debe estar conectado para enviar un comentario.