La Legislatura provincial declaró a Chilecito como Ciudad de los Ciclistas y dicha ley fue promulgada por el Poder Ejecutivo provincial.
LEY No 10.139
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Declárese a la ciudad de Chilecito como “Ciudad de los Ciclistas”, por sus destacados campeones provinciales, nacionales e internacionales, en la disciplina del ciclismo.
Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 133° Período Legislativo, a quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. Proyecto presentado por el diputado Eduardo Raúl Andalor.
Adriana del Valle Olima – Vicepresidente 1° – Cámara de Diputados e/e de la Presidencia – Juan Manuel Artico – Secretario Legislativo
DECRETO No 119
La Rioja, 15 de febrero de 2019
Visto: el Expediente Código Al N° 04319-8/18, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N° 10.139; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126° inc. 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°.- Promúlgase la Ley N° 10.139 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 06 de diciembre de 2018.
Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Casas, S.G., Gobernador – Mercado Luna, G., S.G.G.





