Inés Brizuela y Doria denuncia «atropello del quintelismo» en el Colegio de Farmacéuticos y promoverá un Jury contra el fiscal González
La ex intendenta y abogada defensora del vocal Jorge Bordón desmintió la versión oficial del operativo policial del jueves. Aseguró que no existe orden de restricción sino una medida de cese de perturbación, negó que su cliente hubiera incumplido la cautelar y denunció que fue detenida sin orden escrita por el fiscal Luis González. Apelará la prisión domiciliaria de Bordón vía habeas corpus.
LA RIOJA.– El escándalo desatado el jueves por la noche en el Colegio de Farmacéuticos de La Rioja sumó este viernes un giro político y jurídico de magnitud con la aparición pública de la abogada Inés Brizuela y Doria, ex intendenta de la Capital y defensora del vocal Jorge Bordón, quien desmintió categóricamente la versión que había circulado horas antes desde el entorno de la conducción del Colegio y denunció una «puesta en escena» orquestada por la presidenta Silvia Brizuela Ledesma con apoyo del poder político.
Las declaraciones de la ex jefa comunal invierten la narrativa del conflicto y colocan sobre el tablero una denuncia de gravedad: abuso de poder del fiscal actuante, detención arbitraria sin orden escrita y utilización de la Justicia como «brazo ejecutor» del quintelismo. La letrada anticipó, además, que promoverá un Jury de Enjuiciamiento contra el fiscal Luis González y apelará la prisión domiciliaria impuesta a su cliente mediante un recurso de habeas corpus y la impugnación de la figura de flagrancia aplicada en el procedimiento.
La controversia sobre la medida cautelar
El núcleo jurídico del cruce está en la naturaleza exacta de la medida cautelar que pesaba sobre Bordón. La versión original, aportada por la abogada de la presidenta del Colegio, Marcela Ortega, sostenía que el vocal había incumplido una perimetral y que su sola presencia en la asamblea configuraba un desacato en flagrancia.
Brizuela y Doria ofreció una lectura jurídicamente distinta. Según la ex intendenta, lo que existe es una medida de «cese de actos de perturbación», no una perimetral de acercamiento. La distinción no es menor: una perimetral prohíbe la proximidad física entre denunciado y denunciante; una medida de cese de perturbación sanciona, en cambio, la realización de actos hostigadores, pero no impide per se la coincidencia en un espacio común.
La defensa sostuvo, además, que la denuncia original por violencia de género presentada por la presidenta del Colegio contra Bordón fue archivada por falta de delito, lo que —según su interpretación— debilita la base del procedimiento del jueves. «Jorge Bordón no abrió la boca en toda la noche, hay 100 matriculados de testigos y está todo filmado», afirmó la abogada. El argumento clave: si el vocal no profirió conducta alguna de perturbación durante la asamblea, no podía haber incumplimiento efectivo de la cautelar vigente.
La tensión entre ambas versiones es jurídicamente relevante. Del lado de la querella, la interpretación que sostiene Ortega es que la medida cautelar de cese de perturbación abarca cualquier conducta que pueda interpretarse como acto intimidatorio contra la presidenta, incluida la presencia del vocal en una asamblea con carga conflictiva. Del lado de la defensa, Brizuela y Doria sostiene que sin un acto concreto de perturbación —verbal, físico o gestual— no puede configurarse un incumplimiento. La discusión se saldará en sede judicial, con el recurso de habeas corpus y la impugnación de la flagrancia que ya anunció la defensa.
Una detención sin orden escrita
El segundo frente abierto por Brizuela y Doria apunta directamente al procedimiento policial. La letrada denunció haber sido ella misma detenida mientras ejercía su profesión, en una secuencia que calificó como «acto de arbitrariedad manifiesta».
Según su relato, la orden de detención fue verbal y provino del fiscal Luis González, sin que mediara una orden escrita de un juez competente. La objeción es de peso jurídico significativo. En el sistema procesal argentino, las detenciones requieren, como regla, de una orden judicial escrita, salvo los casos de flagrancia —delito en curso o inmediatamente después de su comisión— en los que las fuerzas de seguridad están habilitadas a actuar sin autorización previa.
Para el entorno de la defensa, la figura de flagrancia aplicada al caso no se sostiene porque —como ya argumentó— no hubo acto concreto de perturbación por parte de Bordón durante la asamblea. Sin flagrancia, la detención sin orden escrita configuraría una privación ilegítima de la libertad susceptible de reclamo por vías penales y administrativas.
«Un atropello del quintelismo»
El registro político de la denuncia fue particularmente duro. Brizuela y Doria calificó el operativo como un «atropello del quintelismo» que utiliza a la Justicia como «brazo ejecutor». La acusación coloca al conflicto institucional del Colegio de Farmacéuticos en un terreno mucho más amplio: el de la disputa política provincial y la independencia del Poder Judicial riojano frente al Ejecutivo.
«Me detuvieron por defender a mi cliente. Fue un acto de arbitrariedad manifiesta», sentenció la letrada. La frase, formulada por quien ejerció la intendencia capitalina y mantiene peso propio en el mapa opositor riojano, convierte el episodio del Colegio en un caso testigo sobre el grado de imparcialidad con que opera el sistema judicial provincial bajo la administración de Ricardo Quintela.
La ex intendenta es, en efecto, una figura con peso político propio. Con trayectoria en el radicalismo y vínculos con sectores de Juntos por el Cambio y, más recientemente, con el arco dialoguista frente a La Libertad Avanza, Brizuela y Doria viene construyendo una identidad opositora activa en el espacio no peronista de la provincia. Su intervención en defensa de Bordón —en calidad de abogada, pero inevitablemente leída también desde el plano político— coloca al Colegio de Farmacéuticos como un campo de batalla más amplio que el estrictamente gremial-profesional.
Crítica al despliegue policial
Brizuela y Doria cuestionó también la proporcionalidad del operativo. Señaló como «desproporcionado» el despliegue policial dispuesto para lo que —según su lectura— era un acto administrativo dentro de un colegio profesional, y lo contrastó con la falta de protección efectiva que muchas víctimas de violencia de género encuentran cuando realizan denuncias reales.
«Mientras a las víctimas de violencia de género las matan porque les dicen que vuelvan mañana, anoche movilizaron decenas de efectivos solo para cumplir un capricho del poder», denunció. La comparación es políticamente potente: coloca en cuestión la prioridad institucional que se otorga a distintos tipos de conflictos y plantea una hipótesis incómoda —la de que el aparato estatal se moviliza con más celeridad frente a disputas que involucran intereses políticos que frente a casos genuinos de riesgo para la vida de mujeres—.
La denuncia debe, sin embargo, contextualizarse: el operativo del jueves se ejecutó en el marco de una medida cautelar dictada por un Juzgado de Asistencia de Violencia de Género y Protección de Menores, es decir, en defensa de una presunta víctima de violencia de género —la presidenta del Colegio, Silvia Brizuela Ledesma—. La abogada defensora sostiene que esa calificación no corresponde; la conducción del Colegio y el Juzgado actuante sostienen lo contrario. Será la Justicia la que, en las instancias superiores, termine definiendo cuál de las dos interpretaciones se impone.
Jury de Enjuiciamiento contra el fiscal González
El anuncio más fuerte del día fue la decisión de Brizuela y Doria de promover un Jury de Enjuiciamiento contra el fiscal Luis González por su actuación en el operativo. El Jury es el mecanismo constitucional específico para remover a magistrados y funcionarios del Ministerio Público por mal desempeño o por la comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones.
La presentación, de prosperar en sus etapas preliminares, obligará a un examen público de la conducta del fiscal durante el procedimiento: la orden verbal de detención, la ausencia de orden escrita, la aplicación de la figura de flagrancia, el encuadre jurídico del caso y el manejo del trato con la defensa. Es un procedimiento formal que exige fundamentación técnica y que, en la historia reciente del Jury en La Rioja, ha tenido baja tasa de prosperidad efectiva, pero que funciona como herramienta de presión institucional sobre el funcionario cuestionado.
En paralelo, la defensa avanzará con el recurso de habeas corpus —mecanismo específico para cuestionar la legitimidad de una privación de la libertad— y con la impugnación de la figura de flagrancia que motivó la detención. La resolución de esos recursos, en instancias superiores a la del fiscal González, podría modificar radicalmente el cuadro jurídico del caso: si los tribunales superiores consideran que la flagrencia no estuvo correctamente configurada, la prisión domiciliaria de Bordón podría ser revocada y la causa podría terminar desactivándose.
El reconocimiento a la policía
Un dato singular de las declaraciones de la ex intendenta fue el reconocimiento específico al trato recibido por parte de los efectivos de la Comisaría Primera. Brizuela y Doria destacó que el personal policial actuó de manera «impecable y profesional» y aseguró que los efectivos «actuaron con vergüenza ante las órdenes recibidas».
El distingo es políticamente fino y técnicamente relevante. Por un lado, la letrada separa aguas: no cuestiona al cuerpo policial en su conjunto, sino específicamente al funcionario judicial —el fiscal González— de quien, a su entender, provino una orden que los uniformados debieron ejecutar con disconformidad. Por el otro, coloca sobre el tablero la hipótesis de que los propios policías actuantes percibieron la irregularidad del procedimiento que debieron llevar a cabo, lo que podría configurar, eventualmente, un elemento adicional en la causa contra el fiscal.
La observación tiene además un efecto comunicacional específico: el mensaje que construye es el de una Justicia politizada que utiliza a la policía como brazo ejecutor de decisiones que incluso los propios efectivos desaprueban. Es una tesis que la defensa necesitará sustentar con pruebas concretas en las instancias procesales siguientes, pero cuyo sólo planteo ya instala un debate incómodo sobre la relación entre Ministerio Público y fuerzas de seguridad en el sistema riojano.
Un conflicto que excede al Colegio
La suma de denuncias cruzadas —con la conducción del Colegio acusando a Bordón de incumplimiento de cautelar y a Pagotto de hostigamiento profesional; con la defensa acusando al fiscal González de arbitrariedad y al quintelismo de «atropello»— convierte al caso en un episodio de alta temperatura institucional. El Colegio de Farmacéuticos, una entidad profesional que debería concentrarse en defender los intereses de sus matriculados en el marco de una crisis sanitaria y económica del sector farmacéutico riojano, queda, por ahora, atravesado por un litigio que contamina todos sus planos.
La dinámica del conflicto proyecta, además, aristas que exceden al ámbito gremial. La intervención de Inés Brizuela y Doria —con su perfil político, su pasado en la intendencia capitalina y su capacidad de instalar temas en la agenda pública provincial— convierte al caso en un frente político adicional para la administración Quintela. La acusación de que el quintelismo utiliza a la Justicia como brazo ejecutor resonará, inevitablemente, en la oposición provincial y en los sectores críticos del gobierno.
Del otro lado, la conducción del Colegio, representada por la abogada Ortega y con Silvia Brizuela Ledesma al frente, sostiene su lectura del caso: hubo un hostigamiento reiterado que motivó una denuncia por violencia de género, hubo una medida cautelar judicial, hubo incumplimiento y hubo, en consecuencia, actuación legítima de las fuerzas de seguridad en un caso de flagrancia. Es la versión que deberá defender ante las instancias judiciales superiores que la defensa ya anunció que activará.
Lo que viene
Las próximas horas y días concentrarán una intensa actividad procesal. El habeas corpus anunciado por Brizuela y Doria deberá ingresar en el sistema judicial riojano y ser resuelto por un juez diferente al que avaló la detención. La impugnación de la flagrancia, en paralelo, obligará a un examen técnico del encuadre jurídico aplicado por el fiscal. Y la eventual presentación del Jury de Enjuiciamiento contra González dará inicio a un proceso institucional que escalará, en sus primeras etapas, al Tribunal de Enjuiciamiento provincial.
En simultáneo, la Asamblea Extraordinaria convocada por la presidenta del Colegio para este sábado 18 de abril se realizará en un clima institucional profundamente alterado. Si la conducción del Colegio decide avanzar con definiciones estatutarias frente al cuadro judicial abierto, lo hará en un escenario en el que cada decisión puede ser —y seguramente será— impugnada por el sector opositor.
Para la comunidad de matriculados farmacéuticos riojanos, el cuadro es doblemente preocupante. Atraviesan una crisis sectorial que combina atrasos en los pagos del PAMI, problemas con las obras sociales, faltantes de medicamentos, competencia con la estatal FARMAPOS y tensiones municipales por las ordenanzas de control. Y ahora, además, tienen un Colegio paralizado por un conflicto institucional que se dirime en juzgados, fiscalías y eventualmente en el Tribunal de Enjuiciamiento, en lugar de resolverse en el cuerpo deliberativo que el Estatuto prevé para esos fines.
Entre la denuncia de violencia de género y la contra-denuncia de arbitrariedad judicial, entre la conducción vigente hasta julio y el sector que reclama su destitución, entre el poder judicial y el poder político, el Colegio de Farmacéuticos de La Rioja atraviesa estos días uno de los episodios más dramáticos y controversiales de su historia reciente. Y el caso, lejos de estar cerrado, recién empieza a entrar en su fase judicial más intensa.