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Descuentos por planilla para Chaya 2012

El gobierno otorgó en forma excepcional un Código de Descuento para retención de los haberes del personal de la Administración Pública Provincial, a favor de “Club Social y Deportivo Facundo”, conforme con la solicitud efectuada en Expediente Código F14 N° 0059-8-2012 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.

La Ley Nº 8.769 faculta a esta Función Ejecutiva, con criterio restrictivo a otorgar códigos de descuento para el descuento directo de los salarios de los agentes públicos a las mutuales, cooperativas, gremios, sindicatos, entidades bancarias y entidades privadas que presten servicios sociales; asistenciales y/o comerciales.

DECRETO Nº 088

La Rioja, 09 de febrero de 2012

Visto: el Expediente Código F14 Nº 00059-82-2012, mediante el cual el “Club Social y Deportivo Facundo”, organizador de “Chaya  2012”, solicita la habilitación temporaria de un Código de Descuento; y,

Considerando:

Que tal petición la formulan para posibilitar que las entradas de dicho evento puedan ser adquiridas por el personal de la Administración Pública Provincial a través de Código de Descuento, directamente de sus haberes, facilitando de esta manera una mayor concurrencia al mismo.

Que la Ley Nº 8.232, modificada y complementada por la Ley Nº 8.769, faculta a esta Función Ejecutiva, con criterio restrictivo a otorgar códigos de descuento para el descuento directo de los salarios de los agentes públicos a las mutuales, cooperativas, gremios, sindicatos, entidades bancarias y entidades privadas que presten servicios sociales; asistenciales y/o comerciales.

Que dado que se trata de un evento de interés público, es propósito acceder a lo solicitado de manera excepcional, previa verificación, como condición imprescindible y necesaria, de la cesión voluntaria de haberes por parte de los agentes de la Administración Pública Provincial, que accedan a esta modalidad de pago.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial.

EL GOBERNADOR DE LA  PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º .- Otórgase en forma excepcional Un (1) Código de Descuento para retención de los haberes del personal de la Administración Pública Provincial, a favor de “Club Social y Deportivo Facundo”, conforme con la solicitud efectuada en Expediente Código F14 N° 0059-8-2012 y por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, a habilitar Un (1) Código de Descuento temporario a favor de “Club Social y Deportivo Facundo”.

Artículo 3º.-Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes autorízase a la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, dependiente del Ministerio de Hacienda, a practicar, de la remuneración de los agentes de la Administración Pública Provincial, el descuento del monto al que asciendan las operaciones que realicen con la Organización, la que deberá estar ajustada en un todo a lo establecido en la Ley N° 8.232 y su modificatoria y Complementaria N° 8.769.

Artículo 4°.- A fin de hacer efectivo el descuento mencionado, la cesión de  haberes que deben suscribir los agentes de la Administración Pública que opten por adquirir entradas al evento, a través de esta modalidad, deberá contener como mínimo los siguientes requisitos:  -Nombres y apellidos completos del agente con especificación del número de documento de identidad.  -Repartición por donde efectivamente perciben sus haberes.  -Individualización de la Dirección General de Administración, Delegación de Administración y/o Servicio de Administración Financiera a través de la cual se le liquidan sus haberes.  -Expresión de la voluntad de la cesión de sus haberes, en calidad de declaración jurada, por haber adquirido entradas para la “Chaya 2012”.  -Cantidad de entradas adquiridas, identificando su calidad conforme a la sectorización  que corresponda a la ubicación de las mismas en el predio en que se desarrollarán los eventos.  -Monto total a que ascienden las entradas adquiridas y cantidad de cuotas en que se descontarán.

Artículo 5º.- El Ministerio de Hacienda deberá notificar lo dispuesto en el presente acto administrativo a “Federal Empresa del Estado”, para que, en su condición de administradora del Régimen de Descuentos a través de Códigos establecido por la Ley Nº 8.232 y su modificatoria Nº 8.769 y su Decreto Reglamentario N° 1.840/10 y en los términos del Decreto N° 1.342/11, de su creación, tome la participación de competencia.

Artículo 6º.- Por la Dirección General de Despacho del Ministerio de Hacienda notifíquese lo dispuesto en el presente acto administrativo al “Club Social y Deportivo Facundo”; a Contaduría General y Tesorería General de la Provincia; Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes; de Comercio Interior; a la Federal Empresa del Estado.

Artículo 7°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 8°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.

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